La pesca industrial en Áreas Naturales Protegidas (ANP) es legal en el país siempre que se realice bajo los criterios técnicos establecidos en la zonificación y los planes de manejo, aseguró el Instituto Humboldt de Investigación Marina y Acuícola (IHMA)
En ese sentido, pidió retomar un debate basado en evidencia científica y no en interpretaciones ideológicas.
La directora del IHMA, Jennifer Vilches, recordó que la Ley de Áreas Naturales Protegidas (Ley N.° 26834) autoriza el aprovechamiento de recursos dentro de estas áreas cuando la actividad es compatible con su categoría y tiene la supervisión estatal.
“La conservación y la producción no son opuestas, pueden coexistir si hay planificación, control y compromiso con la sostenibilidad”, señaló.
RESERVAS
Jennifer Vilches destacó como ejemplos la Reserva Nacional Dorsal de Nasca, donde la normativa permite actividades extractivas bajo límites y controles definidos, y la Reserva Nacional Mar Tropical de Grau, cuyos estudios previos mostraron que la presencia de flota industrial no genera impactos significativos debido a su operación fuera de las cinco millas marinas.
De acuerdo con el IHMA, debe respetarse el marco legal vigente y evitar reinterpretaciones que podrían generar inseguridad jurídica tanto para la conservación como para las actividades pesqueras formales sujetas a regulación estatal.





