Cartel de medicamentos perjudicó al Estado porque no pudo abastecer a hospitales públicos.
Cartel de medicamentos perjudicó al Estado porque no pudo abastecer a hospitales públicos.

La Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Indecopi sancionó, en primera instancia administrativa, con más de S/ 539 millones a 13 empresas (laboratorios y distribuidoras) por coludirse (aliarse) en procesos convocados por el Estado. Además, 5 ejecutivos involucrados fueron sancionados con un total S/ 1.4 millones).

Indecopi informó que las empresas coordinaron sus propuestas y abstenciones para ganar las licitaciones de compras de medicamentos entre diciembre de 2006 y febrero de 2020.

En ese sentido, señaló que el cartel afectó la adjudicación de múltiples productos farmacéuticos para hospitales públicos, como el cloruro de sodio (es para administrar medicamentos, reposición de fluidos y rehidratación); antibióticos como las amoxicilinas, azitromicinas, entre otros, para el tratamiento de infecciones; antineoplásicos como Paclitaxel y Temozolamida e inmunosupresores como el metotrexaco para el tratamiento de leucemias agudas, cáncer de cabeza y cuello; además de antianémicos como el sulfato ferroso, suplemento del hierro, entre otros productos farmacéuticos.

Investigación

El Indecopi señaló que tras una minuciosa investigación, se valoró archivos y correos electrónicos, chats y conversaciones telefónicas, declaraciones y documentos de 23 licitaciones investigadas del Ministerio de Salud y EsSalud, así como información de índole económica.

Así, las 13 empresas sancionadas “acordaron sus posturas para definir cómo serían favorecidas con el reparto de medicamentos. Se descubrió que realizaron reuniones grupales y negociaciones bilaterales, y para no ser descubiertas evitaron intercambiar correos entre sí o reunirse presencialmente”.

Dañino

Para protegerse, usaron un lenguaje críptico exclusivo y emplearon sobrenombres para esconder identidad.

“Según la Ley de Libre Competencia, una de las conductas anticompetitivas más dañinas son los acuerdos entre postores para no competir y, en su lugar, repartirse las licitaciones convocadas por el Estado para la contratación de bienes y servicios”, agregó.

El Indecopi refirió que esas conductas ilegales generan gastos excesivos en el presupuesto público, ocasionando que los productos se adjudiquen a un precio mayor.

a decisión emitida puede ser apelada ante la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Tribunal del Indecopi, última instancia administrativa que podrá confirmar, revocar o anular esta decisión.

En ese sentido, el Indecopi aclaró que sus decisiones son únicamente cuestionables en el Poder Judicial luego de agotada la vía administrativa, tal como lo prevé la Ley de Libre Competencia.