Casas de cambio tienen hasta el 23 de octubre para registrarse en la SBS
Casas de cambio tienen hasta el 23 de octubre para registrarse en la SBS

Desde el próximo 23 de octubre, tanto las municipalidades como la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) estarán facultadas para cancelar la licencia de funcionamiento o autorización de las casas de cambio que no estén registradas ante el ente supervisor.

Al respecto, Diego Cisneros, ex superintendente adjunto de banca y microfinanzas de la SBS, manifestó que la norma permitirá que las casas de cambio lleven un control obligatorio de sus operaciones cambiarias, y además dentro de ese conjunto de transacciones, sobre ciertos umbrales de transacción en efectivo, deberán hacer reportes de estas a la Unidad de Inteligencia Financiera.

La intención de la SBS es reforzar el control del lavado de activos que actualmente se aplica a bancos, financieras e incluso a los notarios, quienes a partir de ahora tienen que reportar todas las operaciones sospechosas a la unidad de inteligencia financiera.

La norma rige tanto para casas de cambio como para los cambistas de la calle.

La inscripción se realiza directamente en la oficina de la SBS, ubicada en Los Laureles 214, San Isidro; con la respectiva licencia de funcionamiento para el caso de los locales o DNI para el caso de las personas naturales.

Acotó que la SBS está ajustando sus reglamentos para sacar una medida acorde a la actividad del cambista de la calle.