¿Cómo girar y cobrar un cheque?
¿Cómo girar y cobrar un cheque?

De acuerdo a la Ley de Títulos Valores Nº27287, para girar un , el girador (el que emite el cheque) debe contar con fondos disponibles en su cuenta corriente, salvo que tenga autorización del propio banco para sobregirarse. Conozca más acerca de este medio de pago con las recomendaciones que ofrece el Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima en tres casos concretos:

1. Pago de tributos. Para el pago de tributos a la , se utiliza un  que conste en formulario – PDT. El cheque se emite a nombre de “Sunat /..” (nombre del banco donde se efectúa el pago). Por otro lado, tratándose del pago de multas, gastos por comisión y de deudas en cobranza coactiva, se requiere de  certificado o  de gerencia. 

El banco está obligado a pagar el cheque con fecha adelantada; y en el caso de que no tenga fondos, puede solicitarse el protesto, inclusive a su primera presentación. "Está prohibido girar o endosar  en garantía. Si en el cheque aparece la frase “en garantía”, el cheque pierde sus efectos cambiarios (no vale como cheque)", señaló Víctor Zavala gerente del Centro legal-CCL.

2. Protesto de cheques. Se realiza el protesto de cheques cuando este instrumento es presentado a cobro en el banco y no existen fondos para pagar íntegramente el monto que indica. El cheque se puede protestar en cualquiera de los 30 días establecidos para su cobro; inclusive, el protesto se puede pedir a su primera presentación a cobro.

3. Revocatoria del cheque. El  debe ser cobrado dentro de los 30 días. Vencido ese tiempo sin haberlo cobrado, puede ser revocado por el girador (con una carta al banco). Una vez revocado, el banco ya no paga el  aunque existan fondos. Y en caso el cheque no ha sido revocado, el banco puede pagarlo hasta el plazo de un año, siempre que existan fondos. En caso de fallecimiento del girador, la cuenta corriente de este se mantendrá abierta durante 60 días (pueden estar pendientes de cobro cheques diferidos).

IMPORTANTE:

Víctor Zavala, gerente del Centro legal-CCL precisó que los cheques solo son emitidos por los bancos y financieras autorizadas a mantener cuentas corrientes; y se emiten en formularios impresos por los bancos. De tal forma, los talonarios son entregados, bajo cargo, por los bancos a sus clientes.

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