El pleno del Congreso aprobó por mayoría el dictamen que modifica el cálculo del reparto de las utilidades a favor de los trabajadores de menores ingresos. La iniciativa también amplía el porcentaje de participación de los trabajadores en las utilidades de empresas industriales eléctricas.

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El dictamen fue aprobado por 61 votos a favor, 27 en contra y 4 abstenciones. Ahora deberá ser sometida a segunda votación transcurridos siete días calendario.

La iniciativa modifica el artículo 2 del Decreto Legislativo 892, que regula el derecho de los trabajadores a participar en las utilidades de las empresas que desarrollan actividades generadoras de rentas de tercera categoría y dispone que los trabajadores de las empresas públicas industriales participan de la distribución del 10 % de la renta anual antes de impuestos.

El mismo porcentaje se distribuye entre las empresas agrarias, pesqueras, de telecomunicaciones, industriales, mineras, entre otras.

El dictamen, además, dispone que de ese porcentaje, el 75 % será distribuido en función a los días laborados por cada trabajador, entendiéndose como tal el día real y efectivamente trabajado.

Para este efecto, se consideran días laborados los de descanso prenatal y posnatal de la trabajadora, las licencias por paternidad, y toda licencia con goce de remuneraciones cualquiera sea su naturaleza, conforme a ley.

En tanto, el 25 % se distribuirá en proporción a las remuneraciones de cada trabajador.

En el caso el trabajador se encuentre haciendo uso de licencia de maternidad o paternidad o de incapacidad temporal para trabajar, se consideran las remuneraciones que le hubiera correspondido percibir si hubiese continuado laborando.

El secretario de la Comisión de Trabajo, Juan Burgos, dijo que para la elaboración del dictamen “se consideró la optimización del derecho a la igualdad y a la no discriminación, dado que los trabajadores de las empresas eléctricas no reciben el 10 % de las utilidades como los trabajadores industriales”.

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