Ante el aislamiento social obligatorio dispuesto por el Gobierno desde el 16 de marzo pasado, a consecuencia del brote del (COVID-19), el Ministerio de Trabajo recordó a las empresas y empleadores, que los contratos temporales de próximos a vencer pueden ser renovados por vía electrónica haciendo uso de la firma digital.

Ello de acuerdo al Decreto Legislativo 1310 sobre simplificación administrativa, informó el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).

Cabe indicar que la normativa legal sobre la firma digital no sólo es aplicable a los contratos laborales temporales, sino también a la celebración de cualquier acto jurídico realizado por medios electrónicos, salvo puntuales excepciones.

Haciendo uso de las plataformas de trabajo remoto, la Comisión para la Gestión de la Infraestructura Oficial de Firma Electrónica (IOFE) del Indecopi sigue acreditando nuevos aplicativos (software) de generación de firma digital y certificados digitales, así como entidades de certificación digital y otros servicios afines, a fin de aumentar la oferta de dichos productos y servicios en estas circunstancias extraordinarias.

De otro lado, el Indecopi -ante la actual coyuntura de aislamiento social obligatorio- exhortó a las empresas y empleadores en general al uso de tecnologías de digitalización, información y comunicación para sustituir documentos y firmas físicas, cumpliendo con las normas de simplificación administrativa.

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