Fines de semana largos son propicios para la práctica del turismo interno. (Foto: Shutterstock)
Fines de semana largos son propicios para la práctica del turismo interno. (Foto: Shutterstock)

A fin de crear fines de semana largos propicios para la práctica del turismo interno, el Gobierno emitió este 1 de febrero un decreto supremo mediante el cual declara siete días no laborables para el presente año a favor de los trabajadores a nivel nacional, aunque sujetos a compensación.

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La norma publicada en el diario El Peruano, señala sin embargo que para fines tributarios, dichos días serán considerados hábiles. El decreto en mención detalla que los días declarados no laborales son:

  • Viernes 26 de julio de 2024
  • Lunes 7 de octubre de 2024
  • Viernes 6 de diciembre de 2024
  • Lunes 23 de diciembre de 2024
  • Martes 24 de diciembre de 2024
  • Lunes 30 de diciembre de 2024
  • Martes 31 de diciembre de 2024

Cabe precisar que las horas dejadas de laborar por los trabajadores del sector público durante dichos días serán compensadas, según corresponda, en los 10 días inmediatos posteriores o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.

“Sin perjuicio de lo establecido en los artículos precedentes, los titulares de las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios públicos que sean indispensables para la sociedad durante los días no laborables establecidos en el presente decreto supremo”, se lee en la norma.

Sector privado

El dispositivo del Poder Ejecutivo refiere que los centros de trabajo del sector privado también podrán acogerse, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar. En caso no haya acuerdo, dependerá del empleador.

No obstante, están excluidos los trabajadores de las empresas privadas que realizan servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos, a fin de garantizar los servicios a la comunidad.

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