Ministerio de Trabajo: Quienes trabajen este feriado tienen derecho a una triple remuneración
Ministerio de Trabajo: Quienes trabajen este feriado tienen derecho a una triple remuneración

De no tener descanso sustitutorio en otro día, los trabajadores públicos y privados formales que laboren este viernes 29 de junio, fecha considerada como feriado por la festividad de San Pedro y San Pablo, percibirán una triple remuneración. Así lo informó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).

"El artículo 8 del Decreto Legislativo 713 establece que los trabajadores tienen derecho a percibir por el día feriado no laborable la remuneración ordinaria que corresponde a un día de trabajo”, indicó Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL. Por tanto, si labora, sin descanso sustitutorio, percibirá: un pago por el feriado; otra remuneración por el trabajo realizado y un tercer pago ‘extra’ por trabajar en feriado.

Por lo tanto, si el trabajador labora el viernes 29 de junio, sin descanso sustitutorio, percibirá: (i) una remuneración diaria por el feriado, (ii) una segunda remuneración por el trabajo realizado y (iii) una tercera remuneración adicional por haber laborado en día feriado, siempre que no le devuelvan el descanso en otro día.

¿Cuánto debo recibir?

En esa misma línea, el el jefe de Gabinete de Asesores de  (MTPE) , Johan Otoya, explicó que por ejemplo, si un trabajador gana S/930 mensuales, le corresponde el pago de S/31 como parte de su remuneración ordinaria (pago diario u ordinario), S/31 por laborar en día feriado y S/31 por la sobretasa.

“Cabe resaltar que el pago por laborar en día feriado y el pago de la sobretasa no se aplican en caso se otorgue al trabajador un descanso sustitutorio”, agregó Otoya.

¿Qué ocurre si el empleador no cumple?

Los empleadores que no paguen triple remuneración diaria a los  que laboren en días feriados podrían ser multadas con sumas que oscilan entre S/4,150 y S/83,000, según el Ministerio de Trabajo (MTPE).

Las sanciones varían entre 1 y 20 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) para empresas que incumplan con este pago. La multa dependerá también del número de trabajadores afectados, explicó el director regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima Metropolitana del MTPE, Walter Zúñiga.

Los trabajadores que no perciban estos tres sueldos, bajo las condiciones antes señaladas, pueden acudir a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral () para presentar su denuncia. Posterior a ello, la autoridad inspectiva realizará las verificaciones del caso. 

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