Se grava el consumidor de contenidos, como Netflix, con IGV pero las empresas dueñas no pagan por las ganancias o rentas que tienen en Perú, cuestiona experto.
Se grava el consumidor de contenidos, como Netflix, con IGV pero las empresas dueñas no pagan por las ganancias o rentas que tienen en Perú, cuestiona experto.

Para el abogado tributarista, Francisco Pantigoso, la imposición de tributos en el comercio electrónico está dirigido solo al consumidor, con el IGV, pero no a las empresas dueñas de las plataformas de streaming como Netflix, que obtienen rentas o ganancias por sus operaciones en Perú. En diálogo con Correo dijo que gravar a este negocio se tomó en un escritorio, para seguir haciendo caja con los de siempre, pero no se amplía la base tributaria; y demuestra que el Perú que no tiene un norte claro en el tema tributario.

¿Cree que se está imponiendo tasas tributarias muy altas al comercio electrónico?

Si se quiere promover el consumo mediante el comercio electrónico no se le puede gravar con tasas altas; podría tener ciertas concesiones tributarias por ser un negocio nuevo, similar al de los restaurantes. Se le grava con 18% del IGV. Ya se empezó con diferentes plataformas de streaming, como Netflix. También se está gravando a los casinos online, se les aplica el impuesto a los juegos, al 12% de sus ingresos, menos las devoluciones a los jugadores.

¿Sólo IGV?

También se le grava con el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC). También se grava las apuestas (consumo) deportivas a distancia. Se impuso un ISC de 1%, pero el Ejecutivo se dio cuenta que era alto y lo bajó a 0.3% hasta mediados de este año. No se pueden hacer las cosas de forma apresurada. Se debe dar plazos razonables para que las plataformas se acomoden a los requerimientos del Estado. Ya se empieza a gravar a los no domiciliados y hay plataformas que no están pensadas para asumir un ISC, por ejemplo. Todos se hace apresurado, no se trata de gravar por gravar pues ahuyentan inversiones. Se ve que Perú que no tiene un norte claro en el tema tributario.

¿El objetivo es recaudar, así haya errores?

Todo indica que se dictaron normas desde un escritorio, para generar caja con los que ya tributan, a los mismos de siempre, sin ampliar base tributaria. Por ejemplo, ¿cuándo se gravará con el Impuesto a la Renta (IR) a las plataformas digitales no domiciliadas? Solo se está gravando a los consumidores , no a las plataformas que hacen ingresos de fuentes peruanas, que les generan rentabilidad, pero que no pagan impuestos en Perú.

¿Podría haber un tema de doble tributación, que ya pagan en sus países de origen?

Habría que verificar que en sus países tributen y si deberían tributar en el Perú; por el momento no hay ningún caso porque no se les está gravando con el IR. Perú hace tiempo que está rezagado con los convenios de doble tributación; tiene solo 11 con igual número de países, mientras que nuestros vecinos tienen más de 70, el último convenio de Perú fue con Japón. Perú debería sumar más convenios de este tipo porque favorece la inversión. No se está gravando a la ganancia, a la renta que obtienen las plataformas digitales.

¿Cobrar el IR implicará un trabajo de filigrana de la Sunat?

Hay presiones como que está prohibido cobrar impuestos a los extranjeros. Recordemos que hay tres manifestaciones de riqueza: El consumo, con IGV; la ganancia, con el IR; y el patrimonio. En Perú tenemos un nicho que no está gravado, el patrimonio, que se subdivide en patrimonio personal y patrimonio empresarial.

En Perú, el trabajo de recaudación tributaria es muy básico.

La Sunat va con un prejuicio de que todo contribuyente está dejando de pagar impuesto, que todo contribuyente está engañando por lo que las fiscalizaciones son muy agresivas porque el objetivo es cobrar algo, sí o sí. Al final, el contribuyente va irse al contencioso porque busca defenderse. Además no hay una trazabilidad y uniformidad en los criterios porque Sunat dice una cosa, el Tribunal Fiscal dice otra, y el Poder Judicial tiene otra posición. Habría un gran ahorro en litigios se hubiese una posición consensuada entre todos los partícipes.

Francisco Pantigoso

Tributarista. Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP).

Magíster en Tributación Internacional de la Universidad Santiago de Compostela de España.

Profesor en la Universidad del Pacífico y en la UPC.