La Comisión de Protección al Consumidor N° 3 (CC3) del Indecopi decidió sancionar en primera instancia administrativa a nueve universidades, debido a que vulneraron normas de protección al consumidor causando perjuicio a estudiantes de estas instituciones, según informó Gestión. Las infracciones fueron cometidas por dichas casas de estudios están recogidas en los literales a) y g) del artículo 56.1 y al artículo 73 del Código de Protección y Defensa del Consumidor.
MIRA: Declaran ilegal que se exija tener predio de 800 m2 para conseguir licencia y dictar educación inicial
Las sanciones económicas tienen como fin el disuadir o desincentivar que se realicen infracciones que sean perjudiciales para los consumidores, en el marco de la prestación del servicio de educación superior.
La suma total de las sanciones es de 1224.6 UIT (unidades impositivas tributarias), lo que es equivalente a S/ 5′388,240.
De esta manera, por cobrar un interés moratorio mayor al permitido legalmente, la referida comisión sancionó en primera instancia a la Universidad Privada Norbert Wiener S.A., con S/ 743,600 (169 UIT); a la Universidad San Ignacio de Loyola S.A., con S/ 148,720 (33.8 UIT); a la Universidad Autónoma del Perú S.A.C., con S/ 104,720 (23.8 UIT); a la Universidad Científica del Sur S.A.C. por cuenta propia y en calidad de absorbente de Universidad Privada SISE S.A.C. con un total de S/ 152,240 (2.7 UIT y 31.9 UIT, respectivamente), a la Universidad Antonio Ruíz de Montoya con S/ 4,840 (1.1 UIT); y, a la Universidad Seminario Bíblico Andino, con S/ 1,320 (0.3 UIT).
Sanciones por solicitar documentos de trámites internos
Asimismo, Indecopi decidió imponer estas sanciones a las universidades que pusieron la condición a sus estudiantes de adquirir el documento “solicitud” a fin de efectuar diversos trámites internos.
MIRA: Telefónica y Entel: Confirman multas por más de S/ 2.9 millones por problemas en portabilidad
La Universidad Privada Telesup S.A. fue la que mayor sanción recibió con S/ 135,080 (30.7 UIT). En segundo lugar, se encuentra la Universidad Privada Norbert Wiener S.A. con S/ 84,920 (19.3 UIT); así como la Universidad Autónoma del Perú S.A.C. con S/ 27,280 (6.2 UIT); la Universidad Seminario Bíblico Andino con S/ 2,640 (0.6 UIT). Por su parte, la Universidad Peruana de Ciencias e Informática S.A.C. fue amonestada.
En relación a la exigencia a los alumnos de documentación innecesaria a fin de llevar a cabos algunos trámites, la Comisión sancionó a la Universidad Privada Telesup S.A. con S/ 114,840 (26.1 UIT); a la Universidad Seminario Bíblico Andino con S/ 15,400 (3.5 UIT); a la Universidad Científica del Sur en calidad de absorbente de la Universidad Privada SISE S.A.C. con S/ 29,920 (6.8 UIT) y, a la Universidad Peruana de Ciencias e Informática S.A.C., con S/ 1,320 (0.3 UIT).
Además, la mencionada comisión multó, a raíz de haber dispuesto medidas prohibidas a fin de procurar el pago de las pensiones, a las universidades San Ignacio de Loyola S.A., con S/ 1′980,000 (450 UIT); Universidad Privada Norbert Wiener S.A. con S/ 1′094,720 (248.8 UIT); Universidad Científica del Sur S.A.C. con S/ 494,560 (112.4 UIT); Universidad Autónoma del Perú S.A.C. con S/ 462,000 (105 UIT); Universidad Antonio Ruíz de Montoya con S/ 67,320 (15.3 UIT) y a la Universidad Peruana de Ciencias e Informática S.A.C. con S/ 184,800 (42 UIT).
Estas universidades tendrán que elaborar padrones que identifiquen a los alumnos a los que se les aplicó una tasa de interés moratorio mayor a la permitida e importes por la compra de “solicitudes”, a efectos de que se lleve a cabo la devolución correspondiente. Esta es una de las medidas correctivas impuestas.
De la misma manera, se ordenó que los centros de educación superior levanten las exigencias que se encuentran recogidas en sus documentos normativos internos que hacen referencia a la presentación de documentación innecesaria.
La Universidad Seminario Bíblico Andino terminó de pagar la multa impuesta y la Universidad Peruana de Ciencias e Informática decidió no presentar recurso de apelación. Hasta el momento, las universidades Antonio Ruíz de Montoya, San Ignacio de Loyola, Autónoma del Perú y Norbert Wiener sí se acogieron a dicho recurso.