Cineplanet fue sancionado con una multa de 3.49 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a S/ 18,671.50, por impedir el ingreso de un consumidor con una gaseosa de 1 litro adquirida fuera de sus instalaciones.
La medida fue impuesta por el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor N° 3 (OPS) del Indecopi, tras determinar que la empresa vulneró el derecho del consumidor.
El caso se originó el 23 de enero de 2025, cuando un usuario intentó ingresar a una función de Dragon Ball Daima en el Cineplanet de Piura Real Plaza con una gaseosa de 1 litro en su mochila.
Según el denunciante, el personal del cine revisó su pertenencia y le informó que la bebida no estaba permitida, ya que no figuraba en su “Lista de productos permitidos”.
El afectado argumentó que la presentación era similar a las gaseosas de 32 onzas que el propio establecimiento comercializa, pero finalmente tuvo que dejar su bebida en custodia.
En su defensa, Cineplanet sostuvo que la bebida del cliente no coincidía con sus productos autorizados, los cuales incluyen vasos de papel de hasta 32 onzas y botellas personales de agua, pero no envases de 1 litro.
Determinaciones de Indecopi
El OPS evaluó tres aspectos clave en el procedimiento administrativo:
- Calidad del servicio (Artículo 19) – Infracción confirmada: Indecopi concluyó que Cineplanet infringió el deber de idoneidad al prohibir el ingreso de una bebida similar a las que vende, sin justificación válida. La resolución señaló que no se puede restringir el ingreso de productos análogos, pues resulta abusivo para el consumidor.
- Información al cliente (Artículo 2.2) – Sin infracción: Se verificó que Cineplanet informó adecuadamente sobre los productos permitidos, tanto en su página web como en un cartel visible en el cine.
- Libro de Reclamaciones (Artículo 152) – Sin infracción: No se evidenció que el cliente solicitara el libro físico o que se le negara el acceso al sistema virtual (mediante código QR).
Medidas correctivas y sanciones
Además de la multa, Indecopi ordenó a Cineplanet:
- Permitir el ingreso de alimentos y bebidas externas, siempre que sean similares a los que comercializa.
- Capacitar al personal de la sede Piura Real Plaza sobre las normas de ingreso, presentando pruebas en un plazo de 15 días hábiles.
La empresa también deberá pagar S/ 36.00 por costas del procedimiento. La resolución admite recurso de apelación dentro de los 15 días hábiles siguientes. De no apelar, Cineplanet podría acceder a una reducción del 25% de la multa.
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