Análisis técnico enviado al MEF señala que se contraviene los artículos 10 y 12 de la Constitución.
Análisis técnico enviado al MEF señala que se contraviene los artículos 10 y 12 de la Constitución.

Un informe de la , a cargo de Socorro Heysen Zegarra, cuestiona el dictamen del Congreso que busca que los afiliados a la retiren hasta S/17 mil 400 de sus ahorros.

Al respecto, el Ejecutivo ha propuesto que accedan al retiro de los fondos quienes no registren aporten por al menos tres meses consecutivos hasta el 30 de abril de 2021, ya que son las personas que realmente se encuentran sin trabajo y necesitan su dinero.

“Desde el punto de vista del marco jurídico que da soporte al sistema de seguridad social peruano, la autógrafa contraviene expresamente los mandatos establecidos en los artículos 10 y 12 de la Constitución Política del Estado, los cuales señalan que el Estado reconoce el derecho universal y progresivo de toda persona a la seguridad social; y, que los fondos y las reservas de la seguridad social son intangibles, y que los recursos se aplican en la forma y bajo responsabilidad que señala la ley”, se indica en el informe.

Dicho documento fue enviado el pasado 12 de abril al ministro de Economía, Waldo Mendoza, tras analizar la autógrafa que faculta el retiro de fondos del Sistema Privado de Pensiones (SPP), donde también se planteaba que mayores de 40 años que no hayan aportado por 5 años consecutivos a acceder al 100% de sus fondos.

Para la SBS, el retiro de fondos de las AFP afectaría seriamente el nivel de acumulación de recursos necesarios para proveer pensiones adecuadas a los afiliados, incidiendo en menores pensiones esperadas cuando lleguen a la edad de la vejez.

“Distorsiona el objetivo esencial de un sistema de pensiones, que es el de brindar adecuada protección a las personas frente a los riesgos sociales de la vejez, invalidez y fallecimiento, fundamentado en un ahorro forzoso de las personas a lo largo de su ciclo laboral, sustentado en una administración de los recursos por parte de entidades especializadas”, se alega.

Asimismo, concluyen que la propuesta legislativa genera incentivos no deseados en la política pública de protección de las personas en la etapa de la vejez. “Al disponer diversas medidas que atentan contra el objetivo de generación de un ahorro previsional, alterando los principios de intangibilidad de los fondos de pensiones, bajo cuentas individuales de capitalización”, explican.

Finalmente, precisan que los retiros al SPP afectarían a los afiliados que “no efectúen retiros de sus fondos”, por efecto del impacto en la gestión de las carteras administradas, así como en el mercado de capitales local y en la economía en general.

“Uno de los efectos más importantes en la economía es que las tasas de financiamiento del Gobierno Peruano, de las empresas y de los ciudadanos serán más altas, lo que dificultará la recuperación económica del país en un contexto de desaceleración económica mundial”, se precisa.