Recuerde usar este monto con responsabilidad, invertir en un negocio, pagar o reducir deudas o cambiar su cuenta en dólares.  (Foto: Andina)
Recuerde usar este monto con responsabilidad, invertir en un negocio, pagar o reducir deudas o cambiar su cuenta en dólares. (Foto: Andina)

El 15 de noviembre venció el plazo para que los empleadores realicen el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) de sus trabajadores que corresponde al periodo semestral abril 2021- noviembre 2021. Pero, como empleado ¿qué puedo hacer en caso la empresa no haya cumplido con esta obligación? Javier Pineda, gerente general de Billex, explica que, para empezar, todas las mypes o empresas, según el régimen tributario al que están acogidas, deben abonar este beneficio la suma de un medio sueldo y no pueden saltarse esta norma porque podrían ser multados.

En el caso de las microempresas, la sanción monetaria mínima es de S/484, mientras que la máxima ascenderá a S/1,980. En las pequeñas empresas, las multas oscilan entre S/1,980 y S/19,800. Y, en el caso de las grandes empresas, la multa mínima es de S/6,908 y la máxima llega hasta S/ 114,400 (26 UIT). Como primer paso, el experto en finanzas refiere que se debe hablar con el jefe directo y preguntarle por qué no ha recibido dicho depósito. “Pese a estar en un derecho, se debe tener una conversación fluida y no llegar a los gritos o insultos. Como colaborador busque un compromiso y deje constancia de manera verbal que tendrá pronto su dinero”, señala. Luego, si el compromiso no se cumple, dentro de los primeros cinco días, intente que la empresa o mype le firme un documento de que pronto le abonará el dinero.

SI NO CUMPLEN

El trabajador puede plantear una denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) para que la autoridad inspectora fiscalice el cumplimiento de la obligación del empleador de realizar el depósito de la CTS. “No tenga miedo en denunciar a la empresa, estas se hacen de manera anónima. Puede hacerse de manera presencial, por teléfono o por la App SUNAFIL”, indica Pineda.Según refiere la Cámara de Comercio de Lima (CCL), este beneficio laboral le corresponde a los empleados que se encuentran en planilla, incluso a quienes se encuentran o estuvieron bajo la suspensión perfecta de labores. Pero en este último caso, solo se contabiliza los meses trabajados.

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