Con el objetivo de recibir comentarios del público en general, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones () publicó el proyecto de Normas Especiales de Acceso a Fijo, que impone obligaciones especiales a Telefónica del Perú para promover mayor competencia en este mercado, en la que los usuarios tendrán una gran participación.

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Según la propuesta, si la empresa decide subir la tarifa de ese servicio (sea solo o empaquetado), deberá informar a los usuarios con 30 días calendario de anticipación, es decir, más del doble del plazo actual y, además, deberá remitir una segunda comunicación –a modo de recordación– 10 días antes de la entrada en vigencia de la nueva tarifa.

El regulador también propone un plazo máximo de un (1) día hábil para ejecutar la baja del servicio y tres (3) días, desde la baja, para el retiro del equipamiento y cableado instalados y/o entregados.

Además, se plantea mecanismos para que los usuarios puedan utilizar herramientas digitales de información y gestión de sus cuentas, pudiendo hacer cambios de planes (migración), suspensiones del servicio, bajas etc. de modo electrónico, dejando atrás las gestiones presenciales y telefónicas. De esa manera, la empresa operadora deberá realizar acciones que impliquen una verdadera transformación digital de sus procesos que tal manera que los usuarios puedan realizar gestiones en línea.

Es decir, Telefónica del Perú tendrá que implementar un aplicativo informático que permita a sus abonados hacer cambios de planes (migración), altas, bajas y la suspensión del servicio de acceso a internet fijo o servicios empaquetados con ese servicio pero, además, deberá informar a los abonados las tres (3) tarifas más cercanas que la ofrecida en el incremento tarifario, los descuentos por contratar servicios empaquetados, el estado de la solicitud mediante una barra de progreso así como la aceptación de la migración.

En tanto, la empresa que no haya adecuado sus sistemas informáticos o sus aplicaciones para efectuar las migraciones y los demás procedimientos señalados, no podrá subir las tarifas de ningún plan de Internet fijo contratado de forma independiente o como parte de un paquete. El incumplimiento de esta disposición se considerará Muy Grave.

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