Ejecución de proyecto no sustentó necesidad pública y favoreció intereses particulares de una posesión informal e incrementó costos. (Foto: Difusión)
Ejecución de proyecto no sustentó necesidad pública y favoreció intereses particulares de una posesión informal e incrementó costos. (Foto: Difusión)

La identificó un perjuicio económico por S/ 5 077 667 al (GRA) y de S/ 56 460 a la , por la construcción de la plaza , en el distrito de Yura, en terrenos eriazos de propiedad del Estado y que favoreció intereses particulares de una Asociación que se posesionó de manera ilegal en el lugar.

El proyecto consistió en la construcción de una plaza en la mencionada Asociación con revestimiento de piedra laja, con esculturas artísticas de fibra de vidrio con motivos del valle del Colca (danzas, momia Juanita, cóndores), obeliscos, así como una pileta ornamental, entre otros trabajos, que inicialmente tenían un costo de S/ 2 897 333 y un plazo de ejecución de 120 días calendarios.

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El informe de Auditoría de Cumplimiento N° 008-2022-2-5334-AC, que detalla los hechos ocurridos durante el período del 1 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2021, identificó presunta responsabilidad penal y administrativa entidad en 22 exautoridades, exfuncionarios y exservidores de la actual gestión regional (2019-2022) y de la Municipalidad Distrital de Yura.

La municipalidad de Yura elaboró el estudio de pre inversión y el expediente técnico sin considerar el Certificado de Restos Arqueológicos (CIRA), el estudio de impacto ambiental, entre otros, aspectos que hacían inviable la ejecución de la obra. Sin embargo, ambos instrumentos técnicos fueron aprobados y pagados por el municipio. El GRA tampoco observó los documentos e inició los trabajos bajo administración directa.

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El GRA destinó recursos de inversiones en los periodos 2019, 2020 y 2021, priorizando su gasto desde el 2020, direccionando la adquisición de piedra laja a un solo proveedor que tenía relación con el exalcalde de Yura. Además, se aprobaron modificaciones físico financieras hasta por S/ 2 321 033 sin sustento alguno, incrementándose el costo de la obra hasta por S/ 5 077 667.