Comedores y cafeterías no abrirán. Distanciamiento social, ventilación y otros cuidados son necesarios para evitar contagios. (Foto: GEC)
Comedores y cafeterías no abrirán. Distanciamiento social, ventilación y otros cuidados son necesarios para evitar contagios. (Foto: GEC)

El retorno a clases  en colegios privados y estatales en el ámbito rural y  urbano será entre el 1 y  14 de marzo, según  ordena  la Resolución Ministerial N° 531-2021-MINEDU, publicada ayer en El Peruano.

La norma establece que las prestaciones del servicio educativo serán en las modalidades presencial, semipresencial y a distancia en instituciones y programas educativos de la Educación Básica,  precisando que  las jornadas presenciales se harán en  un máximo de cuatro (4) horas cronológicas diarias en contextos urbanos, mientras que para los ámbitos rurales considera el horario regular, de acuerdo a su jornada escolar.

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El  asesor del viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, Hugo Reynaga,  explicó que  se prioriza la presencialidad progresiva.

El servicio educativo semipresencial combina momentos de trabajo a distancia y presencial cubriendo cinco días a la semana, en un horario que se determina a partir de las características y condiciones de las instituciones educativas. El docente debe acordar los horarios, medios de comunicación y herramientas para el trabajo a distancia con los estudiantes y sus familias, señala una nota de El Peruano.

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Tanto los  quioscos, las cafeterías y los comedores escolares, deben permanecer cerrados en tanto dure la emergencia sanitaria. Pero si se trata de centros educativos con modalidad de residencia, estos servicios respetarán el aforo máximo permitido y se guardara el distanciamiento entre las sillas, mesas y  se seguirán todos los protocolos de bioseguridad.

Así, la alimentación de los escolares será con lo que porten desde la casa y en espacios abiertos, con distancias de dos metros entre los alumnos y con supervisión de un docente, como parte de una hora pedagógica. Queda prohibida la posibilidad de compartir alimentos o utensilios.

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Durante las clases, se debe mantener la distancia mínima de un metro en todas las direcciones del cuerpo; las puertas y ventanas deben estar abiertas para asegurar la ventilación natural adecuada, con excepción de las escuelas ubicadas en zonas con climas fríos; se debe respetar el aforo máximo establecido para cada espacio, y no se puede compartir ni intercambiar materiales ni mascarillas.

Además, el personal administrativo y la dirección del plantel son responsables de monitorear la condición de salud del personal y de los estudiantes. El personal que retorne al servicio educativo con algún grado de presencialidad debe contar con las dosis de vacunación completa.

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