Esposa y cuñada del gobernador Rohel Sánchez (Foto: GEC)
Esposa y cuñada del gobernador Rohel Sánchez (Foto: GEC)

Con tres órdenes de servicio, Mónica Sutita Zeballos Patrón, cuñada del actual gobernador Rohel Sánchez, fue beneficiada desde la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa (UNSA) en lo que va del año 2023.

Zeballos, quien pertenece al segundo grado de afinidad de la primera autoridad de Arequipa, fue beneficiada primero el 13 de marzo de este año, mediante la orden de servicio N°1005188, referida al servicio no personal para la Subdirección de Recursos Humanos. La contratación fue por un monto de S/9 mil y ocurrió apenas dos días después de haberse concretado su inscripción en el Registro Nacional de Proveedores, que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE).

La segunda se concretó el 7 de junio de este año, mediante el expediente N° 1019931, para la contratación de un especialista administrativo. El monto que se otorgó a Zeballos fue de S/12 mil. Con criterios similares se aprobó el Exp. N° 1031697, el pasado 25 de agosto. El pago fue el mismo lo que  dio como total S/33 mil con todas estas órdenes de servicio.

Lo llamativo de este caso es que estos contratos se lograron en la misma casa superior de estudios donde Rohel Sánchez fue rector y de la cual tuvo el apoyo cuando estuvo en campaña electoral.

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CUESTIONA

Al respecto, el abogado especialista en derecho empresarial y contrataciones del Estado, Joselito Bustinza Salinas, explicó a este diario que si bien las órdenes de servicio son de menor cuantía (menor a S/39 mil 600 o equivalentes a 8 UIT) y están exentas de aplicarse la Ley de Contrataciones del Estado, existen principios generales éticos que no pueden ser ignorados, como la idoneidad del servicio y la igualdad ante la ley.

“Por ejemplo, se considera la publicidad, la transparencia y la concurrencia, mientras estos principios se incumplan, no hablamos de un carácter legal, sino ético entre la entidad y el postor, es decir, la persona que va a prestar el servicio a la entidad. Entonces lo que vamos a tener aquí, es una infracción de carácter ético”, aclaró.

Sin embargo, el especialista precisó que el marco legal permite que se transparente la situación del proveedor, siendo que debió presentar una declaración jurada de intereses a la entidad contratante. “La ley establece prohibiciones durante el periodo de vigencia de la autoridad hasta un año después y se prohíbe a los familiares directos hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad”, dijo.

Por su parte, el presidente del Consejo Regional de Arequipa (CRA), Miguel Ángel Linares, consideró que Mónica Zeballos no podía contratar con ninguna entidad del Estado sin excepción alguna. Agregó que ello incluye a la UNSA, siendo que es una institución del Estado. “Ella (Mónica Zeballos) es hermana de la esposa del gobernador (Luz Marina Zeballos), por lo tanto, no podría contratar”, dijo.

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