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Un magistrado falla a favor de una ciudadana reconociendo legalmente su cambio de sexo. Resolución dada en .

Fue dictaminada la primera resolución judicial que ordena el cambio de sexo en el Documento Nacional de Identidad. El magistrado a cargo del Segundo Juzgado Civil del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata en Arequipa, Yuri Filamir Corrales Cuba, resolvió el 5 de enero que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) acepte el cambio de sexo de A.A.V.G., y sea reconocido como masculino en su Documento Nacional de Identidad (DNI).

La decisión judicial argumenta que este caso debe ser considerado como una disforia (molestia o trastorno) de género, más no como una patología, conforme lo han argumentado también organismos especializados en temas judiciales y de derechos en le país y a nivel internacional.

Uno de los fallos emblemáticos fue el emitido por el Tribunal Constitucional (TC) en noviembre del 2016 en relación al expediente N° 06040-2015.PA/TC y que recogía el caso de Rodolfo Romero Saldarriaga , quien pedía cambiar su nombre a Ana, además de anotar en su DNI como su sexo, masculino.

ARGUMENTOS

Ya en el 2013, el TC había precisado que el sexo es un elemento inmutable y que no era posible solicitar su modificación, argumentando que la transexualidad era un trastorno o una patología. Esta afirmación se cambió en la resolución del 2016 cuando consideró que “la realidad biológica no debe ser el único elemento determinante para la asignación del sexo”, pues debe comprender también “las realidades sociales, culturales e interpersonales que la propia persona experimenta durante su existencia”., lo que permitió que los juzgados civiles tratarán estos casos extremadamente delicados.

El TC contempló también que la “modificación en el registro civil y en los documentos de identidad de una persona no genera afectación al interés público, no interfiere en la función registral y no afecta el derecho de sucesión o las relaciones laborales ni la justicia penal”. La resolución del TC fue firmada por los magistrados Manuel Miranda Canales, Marianella Ledesma Narváes, Carlos Ramos Nuñez y Eloy Espinoza Saldaña

Bajo estos argumentos, la decisión del juez Corrales Cuba dispone ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), dicho cambio a la brevedad posible.

PORMENORES

La parte demandante expuso ante el juez que, desde que tiene uso de razón, no se identificó como una niña, por lo que ha sufrido constantes humillaciones en su colegio.

Al culminar los estudios de la secundaria, con el permiso de sus padres, decidió cambiarse de nombres, propios al de un varón.

Posteriormente, se sometió a distintas intervenciones quirúrgicas, desde la extirpación de mamas, así como del útero, además de un tratamiento hormonal en base a testosterona.

Los problemas siguieron pues al postular a una universidad, no creyeron su identidad pues decía “femenino”, por lo que la acusaron de suplantación. Como antecedentes, tenemos el caso de Naaminn Cárdenas, más conocido como “Naaminn Timoyco”, que fue reconocida como mujer en el 2011 por el Reniec.

El caso en Arequipa es de una persona que en el 2011 logró, en el 4to Juzgado Civil, que se cambiara su nombre a varón en el DNI. Un caso que traerá reacciones.

Ley. Según el artículo 29 del código Civil: nadie puede cambiar su nombre ni hacerle adiciones, salvo por motivos justificados.

Por lo que dispone ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (), dicho cambio a la brevedad posible.