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El presidente de la Junta de Decanos de los , Richard Villavicencio, habla sobre la modificación de estatutos y posible reelección de decanos.

¿Es posible realizar la modificación de estatutos?

Claro, me preocupa que digan que es un problema, me preocupa que en y en muchos colegios de abogados hayan incluido la prohibición de la reelección de los decanos y miembros del Consejo Directivo, porque el artículo tercero de la Ley 1367, que ha permitido la creación de los Colegios de Abogados, establece que los cargos de la Junta Directiva son renunciables y reelegibles...

¿La Junta está exhortando a los Colegios para que puedan establecer un orden?

La Junta en la Declaración de Arequipa, que será publicada dentro de unos días - porque ha habido una Asamblea extraordinaria- ha aprobado por unanimidad (con 27 decanos) que los estatutos se adecúen al artículo tercero de la Ley 1367, porque indudablemente está colisionando y vulnerando la norma legislativa.

¿Cuando fue la asamblea?

El viernes siete de agosto. Han asistido 27 de 31 decanatos a nivel nacional

¿Y qué decirle a los abogados que cuestionan la reelección?

Sencillamente que lean la Ley 1367 y que la interpreten claramente, no hay porque molestarse y si no que se guíen por el artículo 167 del Código Civil e interpreten lo que dice la ley.

Pero es peligrosa una reelección.

Puede ser peligrosa en el sentido de que si se está aprovechando de algunas ventajas, nadie podrá saber si es así o no mientras no lo reelijan...el tema es si la reelección debe ser inmediata o debe ser después de un cierto período.

Y todavía se debate eso

No, no hay un debate la ley es clara, son reelegibles.

En Arequipa el estatuto dice que los cargos no son reelegibles

No, no, no, tienen que aplicar la ley.