Sunedu deniega licenciamiento a Escuela de Postgrado San Francisco Xavier en Arequipa
Sunedu deniega licenciamiento a Escuela de Postgrado San Francisco Xavier en Arequipa

La Escuela de Postgrado San Francisco Xavier Escuela de Negocios, con sede en Arequipa se quedó sin el licenciamiento institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) junto con la Universidad Peruana Austral del Cusco (UAustral).

La decisión del Consejo Directivo de la Sunedu obedece a que ambas casas de estudio no demostraron el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (CBC) establecidas en la Ley Universitaria. 

La Escuela de Postgrado San Francisco Xavier funciona desde el 12 de agosto de 2011 mediante resolución del Conafu. Tiene 17 alumnos en el Doctorado en Economía y Empresa, y no tiene alumnos en otros programas.

¿Qué es lo que observó la Sunedu? Entre las deficiencias encontradas durante este proceso de licenciamiento, destacan:

  • La escuela no posee un proyecto institucional articulado y consistente para la adecuada prestación del servicio educativo. Asimismo, se observaron deficiencias en la formulación de los objetivos específicos y desarticulación entre las actividades y los objetivos trazados.
  • No ha logrado implementar sus políticas de fomento y promoción de la investigación. Se presentaron inconsistencias entre las funciones de la estructura orgánica y las políticas de investigación, así como en su gestión y planificación.
  • Ninguno de sus 12 docentes declarados tiene registro CTI-Vitae ni Renacyt, que los acreditarían como investigadores.
  • Durante su solicitud de licenciamiento no se ha podido evidenciar la disponibilidad de los servicios complementarios de forma permanente y con recursos humanos adecuados, por lo cual no se permite garantizar que estos servicios sean parte del servicio educativo.
  • No cuenta con mecanismos ni acciones orientadas a la mejora del seguimiento de sus egresados, tampoco cuenta con un diagnóstico sobre la situación actual y las necesidades de los egresados que permita la correcta priorización de estrategias y acciones.
Una vez notificada, dicha escuela debe suspender de manera inmediata y definitiva la convocatoria a nuevos procesos de admisión y matrícula, en cualquier modalidad. Pero puede interrumpir unilateralmente la prestación del servicio educativo durante el semestre o año académico en curso.

Asimismo 60 días como máximo para informar a la Sunedu el plazo de cese definitivo de sus actividades. También deberá remitir la información del estado de matrícula de sus estudiantes, así como los mecanismos que hayan elegido para continuar sus estudios.

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