Parientes viajaban en una mototaxi que fue impactada por el vehículo de la Municipalidad Provincial del Santa.
Parientes viajaban en una mototaxi que fue impactada por el vehículo de la Municipalidad Provincial del Santa.

Neiser David Minaya Cárdenas deberá pagar S/ 194,800 de reparación civil tras haber ocasionado la muerte de un padre y su hijo. Las víctimas viajaban en una mototaxi que chocó contra el camión compactador de basura que conducía el sentenciado.

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El hecho ocurrió el mediodía del 1 de agosto de 2020. Una hora antes, Romario Elvis Sáenz Luna y su padre Raúl Gilberto Sáenz Callán habían adquirido la mototaxi en Chimbote. Cuando los parientes se dirigían a Nepeña por el desvío que conduce desde la carretera Panamericana Norte hasta el sector de La Carbonera, sufrieron el accidente que les costó la vida.

Según las investigaciones, Neiser Minaya realizó maniobras temerarias para evitar ser rebasado por otro camión, lo cual produjo una gran polvareda.

Un testigo y el peritaje comprobaron que el conductor de la mototaxi cambió de carril para evitar chocar contra el carro compactador de basura de la Municipalidad Provincial del Santa (MPS), pero la nube de polvo fue determinante para que ocurriera el accidente.

APELACIÓN

En primera instancia, Minaya Cárdenas fue hallado responsable del delito de homicidio culposo; sin embargo, su abogado presentó un recurso de apelación y argumentó que el accidente ocurrió por el estado etílico del mototaxista.

La Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia del Santa consideró que la imprudencia del conductor del vehículo municipal, al desplazarse a velocidad continua junto a otro camión, no permitió que se evite el choque y muerte de los agraviados.

Además, el colegiado señaló que el hecho de que una persona conduzca bajo los efectos del alcohol no lo excluye de la posibilidad de ser víctima de un accidente de tránsito con consecuencia fatal.

Por estas consideraciones, confirmó la condena de 4 años de prisión, suspendidos por un periodo de prueba de 3 años bajo reglas de conducta. La Municipalidad Provincial del Santa fue considerada tercero civilmente responsable.

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En tanto, se ordenó que se pague a los herederos legales de las dos víctimas la suma de S/ 194,800 por concepto de reparación civil.

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