Actual alcalde de Nuevo Chimbote no declaró una sentencia por el delito de alteración del ambiente, lo cual le podría costar su participación en los próximos comicios.
Actual alcalde de Nuevo Chimbote no declaró una sentencia por el delito de alteración del ambiente, lo cual le podría costar su participación en los próximos comicios.

El alcalde de Nuevo Chimbote, Domingo Caldas Egúsquiza, podría quedar fuera de la contienda electoral luego de que el Jurado Electoral Especial (JEE) del Santa decidiera declarar como fundada una tacha que se presentó en su contra por no haber declarado una sentencia. Ahora, el burgomaestre deberá acudir al , en Lima, si es que quiere seguir adelante como candidato a la alcaldía de la Municipalidad Provincial del Santa (MPS).

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Resolución

El JEE del Santa emitió la resolución N° 541-2022, mediante la cual declaró fundada la tacha presentada por la ciudadana Paula Culqui Chupillón en contra de Domingo Caldas, candidato del movimiento regional Socios por Áncash.

En la hoja de vida que presentó para inscribirse como candidato a la alcaldía de la MPS, Caldas Egúsquiza dejó en blanco el rubro referido a relación de sentencias.

Sobre este punto, la ciudadana Culqui Chupillón presentó una tacha, dando cuenta que el postulante de Socios por Áncash registra una sentencia por el delito de alteración del ambiente o paisaje en agravio del Estado Peruano y el Instituto Nacional de Recursos Naturales (Inrena), que forma parte del expediente N° 1017-2008-0-2506-JR-PE-01.

Tras solicitar información al respecto, el personal del JEE del Santa pudo conocer que, el 28 de mayo del 2009, el Juzgado Penal del Módulo Básico de Justicia de Nuevo Chimbote emitió la resolución N° 12, mediante la cual decidió reservar el fallo condenatorio contra Domingo Caldas.

La sentencia con reserva de fallo condenatorio consiste en la declaración de culpabilidad del imputado, pero sin emitir pronunciamiento de la condena y pena.

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Evaluación

En el análisis del caso, el JEE del Santa consideró a pesar de tratarse de una sentencia con reserva de fallo condenatorio, el candidato Caldas debió haberla registrado en su hoja de vida pues de manera taxativa se pide lo siguiente: “indique las sentencias condenatorias firmes impuestas por delitos dolosos y la que incluye las sentencias con reserva de fallo condenatorio”.

Asimismo, en órgano electoral menciona que al momento de dar los descargos, el personero de Socios por Áncash presentó el certificado de antecedentes penales de Domingo Caldas, en el cual no se consignan sentencias; no obstante, en ningún momento se negó la existencia de la sentencia con reserva de fallo condenatorio, por lo cual debió ser consignada al momento de llenar la hoja de vida del candidato.

Además, el JEE del Santa resaltó que la alteración del medio ambiente natural se trata de un delito doloso “por tanto el tachado estuvo en la obligación de declarar dicha sentencia”.

Por esta razón, el órgano electoral declaró fundada la tacha presentada contra el candidato a alcalde de la MPS por el movimiento regional Socios por Áncash; por lo cual, por el momento Domingo Caldas se encuentra fuera de la contienda electoral.