Suprema declara inadmisible el recurso presentado contra condena por el caso Chacas-San Luis.
Suprema declara inadmisible el recurso presentado contra condena por el caso Chacas-San Luis.

La Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por el exgobernador regional de Áncash, César Álvarez Aguilar, contra la condena de 8 años y 3 meses que le impusieron por colusión agravada en la construcción de la carretera Chacas-San Luis, ejecutada por el consorcio Odebrecht.

De acuerdo al documento al que Correo tuvo acceso, el colegiado declaró nula la resolución N.° 24, del 29 de septiembre de 2020, a través de la cual se concedieron los recursos de casación.

Además, la Sala declaró inadmisibles los recursos de casación interpuestos por los sentenciados César Álvarez Aguilar, Germán Martínez Cisneros, Antenor Kjuro Beizaga, Mario Peralta Gibaja, y el absuelto Moisés Ángeles Obregón, en contra de la sentencia de la Resolución N.° 21 del 13 de marzo de 2020, emitida por la Primera Sala Penal de Apelaciones Nacional Permanente Especializada en Delitos de Corrupción de

Funcionarios de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada.

Esto quiere decir que César Álvarez deberá cumplir con los 3 años de inhabilitación que le impusieron y pagar, además, la reparación de 17 millones 560 mil soles en forma solidaria con los demás sentenciados y el absuelto Moisés Ángeles, tal como lo dispuso la Sala de Apelaciones.

Este último Colegiado había elevado de S/10 a 17 millones el monto de la reparación civil que debían pagar los sentenciados.

La Sala Pena Transitoria también condenó a los recurrentes al pago de las costas del proceso, que deberán ser exigidas por el juez de Investigación Preparatoria correspondiente.

El caso

El 21 de junio de 2019, el Primer Juzgado Nacional Unipersonal Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, a cargo de la magistrada Nayko Techi Coronado Salazar, condenó al exgobernador ancashino en lo que constituyó la primera sentencia dictada en el país que involucra a la cuestionada constructora Odebrecht.

El contrato de ejecución de obra se suscribió el 22 de diciembre de 2010 con un plazo de ejecución de 960 días calendarios y el valor de la obra alcanzaba inicialmente los S/.404 826 001.09, pero su costo terminó casi duplicándose.

La supervisión quedó a cargo del Consorcio Huaylas.

Álvarez fue procesado por hechos ilegales como adelanto de materiales, ampliaciones de plazo, prestaciones adicionales y hechos relacionados con el túnel “Punta olímpica”.