La Primera Sala Penal de Apelaciones de Huancayo declaró nula la sentencia emitida el 27 de septiembre de 2023, en la que el Juzgado Penal Colegiado de Huancayo había condenado a Ángel Unchupaico y a Fernando y Gabriela Alarcón como coautores del delito de lavado de activos, en la modalidad de conversión y transferencia, imponiéndoles ocho años de prisión efectiva. Asimismo, la sala declaró fundado el recurso de apelación presentado por el exgobernador de Junín.
Fundamento
El colegiado, integrado por los magistrados Walter Chipana, Julio Lagones y Roberto Meza, ordenó que otro Colegiado Penal, conforme a la ley, se avoque a este caso para realizar un nuevo juicio. Según la tesis fiscal, Unchupaico habría entregado dinero de origen ilícito a Fernando Alarcón, quien, con ayuda de su hermana Gabriela, habría construido el edificio “Storby” y adquirido otros bienes muebles e inmuebles.
“El Colegiado observó que se condenó a Ángel Unchupaico y otros como coautores de actos destinados a dar apariencia de legalidad a dinero ilícito obtenido durante su gestión como alcalde (2008-2015). Sin embargo, advirtió que este título de imputación (coautoría) no fue el mismo que el Ministerio Público sostuvo durante el proceso, desde la etapa intermedia hasta el juicio. La variación no fue comunicada ni se garantizó el derecho de defensa del acusado, como exige el artículo 374.1 del Código Procesal Penal. Esto impidió que los acusados pudieran rebatir adecuadamente los cargos o presentar pruebas de descargo. Por tanto, la sala concluyó que se vulneró el derecho a la defensa, y declaró nula la sentencia”, indica el documento.
En ese sentido, el abogado de Ángel Unchupaico, Luis Mayhua, afirmó que “no se valoraron las pruebas que demostraban que el señor Unchupaico no presentaba desbalance patrimonial”.
Señaló además que en el nuevo juicio oral deberán considerarse todas las pruebas de descargo, incluyendo un reporte bancario que evidencia ingresos previos a su gestión como alcalde.