​Desde este jueves la novena lista de fonavistas cobrarán
​Desde este jueves la novena lista de fonavistas cobrarán

Un total de 61,225 ciudadanos que están incluidos en la novena lista de exaportantes al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) podrán cobrar su dinero en las ventanillas del Banco de la Nación a partir de este jueves 26 de enero del presente año.

PROCEDIMIENTO. La Comisión Ad Hoc creada por la Ley N°29625, a través de la resolución administrativa que fue publicada en el diario oficial El Peruano, da a conocer los integrantes de esta nueva lista.

61 mil 225 ciudadanos están incluidos en la novena lista de exaportantes al Fonavi

En ese sentido, las personas que deseen saber si se encuentran en la novena lista pueden ingresar a los siguientes portales: www.fonavi-st.gob.pe y www.fonavi-st.pe.

Para hacer la consulta, primero se debe ingresar el número de Documento Nacional de Identidad (DNI) del fonavista al módulo de consulta “Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios – Noveno Grupo de Pago”. Si no sabe si estuvo incluido en cualquiera de las ocho listas anteriores, debe hacer clic en el botón Pendiente de Cobro - Grupos anteriores de pago. La novena lista deberá figurar en estos portales web en las próximas horas.

La Comisión Ad Hoc sugiere a los exfonavistas consultar las mencionadas páginas web para verificar si su nombre figura en la lista antes de acercarse a las ventanillas del Banco de la Nación.

En esta ocasión se esta destinando un fondo total de S/82’836,678.68. Y con este grupo ya suman 609,187 beneficiarios hasta el momento.

La Comisión Ad Hoc precisó que para hacer efectivo el cobro de un familiar fonavista que haya fallecido, se deben de realizar los trámites respectivos de manera notarial o judicial y con dicho reconocimiento acercarse al banco, donde podrá recabar el dinero correspondiente.

MEDIDA. Y, ¿cómo se está agrupando a los exportantes? La Comisión Ad Hoc estableció que semestralmente se aprobará el padrón de beneficiarios para la devolución de aportes priorizando a los mayores de 65 años o personas con discapacidad, luego entre 55 y 65 años de edad y los menores de 55 años de edad.

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