La publicó la resolución que hace oficial la reducción de edad mínima para acceder al Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA) en el privado de pensiones.

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Como se recuerda el anterior Congreso aprobó la Ley 31332 en el mes de julio, permitiendo a los afiliados a las AFP que tengan 50 años a más (varones y mujeres) a que accedan a una jubilación.

Los afiliados podrán presentar sus solicitudes desde el 1 de setiembre del 2021, fecha en la que entrará en vigencia la resolución.

Requisitos para acceder al Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA)

El superintendente adjunto de las AFP de la SBS, Elio Sánchez, indicó que entre los requisitos básicos para acceder al REJA, es que al momento de solicitarlo se tenga como edad mínima 50 años cumplidos.

Asimismo, señaló que el beneficiario puede acceder siempre que obtenga una pensión igual o superior al 40% del promedio de las remuneraciones percibidas y rentas declaradas durante los últimos 120 meses, debidamente actualizadas deduciendo las gratificaciones.

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La jubilación anticipada da derecho a la redención del Bono de Reconocimiento a los dos años siguientes de su acogimiento o cuando el afiliado cumpla 65 años, lo que suceda primero, aun cuando se hayan agotado con anterioridad los fondos de la cuenta individual de capitalización del afiliado y previa información de la Administradora privada de Fondos de Pensiones (AFP) de los afiliados calificados para acceder a este régimen.

Más flexibilidad y facilidades

Sánchez, aseguró que otro de los cambios que implica esta medida es que tiene mayor flexibilidad para los beneficiarios. “El trabajador ya no tendrá que acudir a la Sunat para solicitar el reporte tributario que acredita que cuenta con RUC y que no ha generado rentas por cuarta categoría por montos mayores o iguales a siete UIT en los doce meses previos a su solicitud. Ahora la verificación correspondiente la realizará la AFP”, explicó.

En adelante, el trabajador de cuarta categoría presentará su solicitud de jubilación anticipada ante su AFP, la cual realizará la verificación correspondiente ante la autoridad tributaria. “Se trata de una importante mejora para el afiliado y que además, agrega valor al proceso de jubilación en sí, por cuanto se podrá realizar los trámites de un modo más ágil y eficiente, elevando la calidad del servicio que provee el SPP a sus potenciales beneficiarios”, detalló.

En el caso de los trabajadores que percibieron rentas de quinta categoría la AFP deberá verificar la condición de desempleo.

Si un trabajador solicitó la jubilación adelantada antes de la entrada en vigencia de la resolución, y las AFP aún no le han dado respuesta, entonces su pedido se evaluará aplicando las recientes disposiciones.

Régimen especial

La jubilación anticipada, es un régimen especial de jubilación creado para las personas que se encuentran en situación de desempleo, permitiéndoles acceder a una pensión de jubilación, retirar el 95.5% del fondo de pensión o retirar una parte del fondo y acceder a una jubilación con el saldo restante.

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Las AFP ponen como requisitos adicionales, presentar el Documento de Identidad Nacional (DNI) vigente.

Asimismo, puedes jubilarte antes de cumplir 65 años siempre que el capital acumulado en tu cuenta alcance para pagar una pensión equivalente a por lo menos, el 40% de tu remuneración mensual. Para la determinación de acceso a la Jubilación Anticipada, al realizar el cálculo de la pensión, se debe tener en cuenta que los aportes voluntarios (con o sin fin previsional) realizados por los afiliados serán considerados de acuerdo a su permanencia.

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