Una enérgica protesta realizaron ayer un grupo de transportistas, que cuestionaron  el reglamento de aplicación de infracciones y sanciones administrativas, que se aprobó en concejo municipal, pero aún no fue publicado y por lo tanto no está en vigencia. No obstante, ya anuncian un paro indefinido desde el 20 de setiembre y ayer empezaron a hacer pintas en el parabrisas de los autos y combis en el jirón Deustua. El integrante del comité de lucha y gerente de la empresa Taxi Jet, Walter Contreras,  dijo que  el documento ya fue aprobado por la gerencia, la comisión de regidores y el concejo municipal y solo falta su publicación.

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“Las sanciones contenidas en este documento son retenciones de licencia de conducir por 30 y 60 días,  por ejemplo si detectan a un vehículo haciendo un servicio de “Taxi centro”, le suspenden durante 60 días su licencia de conducir y su carné de habilitación, adicionalmente a  toda la empresa la suspenderán”, acotó.

En el numeral 53.3 indican que los conductores que conduzcan vehículo no habilitados o que presten servicio diferente al autorizado se le devolverá la licencia de conducir en 15 días. Por segunda vez será en 30 días y hasta 60 días.

El transportista Jorge Avellaneda Soto, mencionó que este 20 de setiembre acatarán un paro indefinido, ya que consideran que serán afectados taxi, colectivos, combis y cúster.

Responden desde la Municipalidad de Huancayo

El gerente de Tránsito y Transporte de la comuna huanca, Milano Callupe refirió que con la referida norma se busca ordenar el caos que existe en el transporte público, ya que solo con una sanción mayor se podrá corregir la conducta infractora.

“Cuando un infractor es capturado, lo llevan al depósito, luego paga para salir y vuelve a la informalidad, estamos en un círculo vicioso”, indicó.

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Respecto a las retenciones de las licencias de conducir, señaló que están facultados según el decreto supremo N.° 017, ya que son la autoridad competente, pero en las normas anteriores no existía esa disposición, que se realiza como una medida preventiva, en el cuadro único de infracciones y sanciones vigentes no había retención. En al artículo 52, indica que hay internamiento vehicular o retención de placa una vez detectada una infracción y notificada el acta de fiscalización.