Se aprovechó de su posición para ejercer tocamientos, salvo existan pruebas que digan lo contrario
Se aprovechó de su posición para ejercer tocamientos, salvo existan pruebas que digan lo contrario

Cinco años, cuatro meses y siete días de pena privativa de la libertad efectiva es la sentencia conseguida por el Cuarto Despacho de la Quinta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huánuco, por la comisión del delito contra la libertad sexual, tocamientos indebidos sin consentimiento, cuyo autor fue Edison R. Ocaña (40).

La agraviada es una joven de veintiocho años de edad, llegó a la ciudad de Huánuco, desde La Unión, provincia de Dos de Mayo, para su tratamiento odontológico a cargo del odontólogo Edison R. Ocaña, en un establecimiento ubicado en el distrito de Amarilis.

Dora Luisa Tejada Zegarra, fiscal adjunta provincial, probó en juicio oral, la responsabilidad del imputado y obtuvo la medida coercitiva de la libertad, por los hechos ocurridos la mañana del 29 de diciembre de 2023.

Aquel día, la joven que se hallaba como paciente en el establecimiento odontológico, fue sometida a los actos sin consentimiento, por debajo de la ropa y sobre ella. Y, tras liberarse, acudió a la DEPINCRI a denunciar el hecho. En la sentencia, se ordena el pago de S/ 2150 por concepto de reparación civil a favor de la parte agraviada.