El abogado de asesino pide correcta tipificación del delito al Ministerio Público
El abogado de asesino pide correcta tipificación del delito al Ministerio Público

El abogado de Luis Ormeño Luján, Isaac Donayre Hernández demandó al Ministerio Público la correcta tipificación del delito por el que será juzgado el asesino de Guicela Victoria Meneses Juárez.

Explica que la Fiscal Adjunta Provincial, Yovanna Marilú Huamaní Echaccaya ha propuesto hasta 20 años de prisión para Ormeño Luján por el delito de femenicidio.

Donayre Hernández explicó que la fiscalía ha formulado la acusación fiscal evocando la Ley N° 30068, publicado el jueves 18 de julio del 2013 en el Diario Oficial El Peruano, el mismo que modificó los artículos 107, 46-B y 46-C del Código Penal y el artículo 46 del código de ejecución penal con la finalidad de prevenir, sancionar y erradicar el feminicidio.

Dijo que el infortunado suceso, sucedió el 21 de abril del 2013, cuando estaba vigente la Ley N° 29819, publicado el 27 de diciembre del 2011, por el cual se modificaba el Art. 107 del código penal que incorpora el feminicidio.

NO RETROACTIVA. “La ley no es retroactiva”, señaló y dijo que por lo tanto, Ormeño Luján debería ser sentenciado conforme señala el Art. 107 (parricidio/feminicidio) de la norma publicada en el 2011, el mismo que estuvo vigente hasta la modificatoria en julio del 2013.

Comentó que el Ministerio Público está aplicando el Art. 107 modificado, que precisa que “Y que cuando concurran cualquier de los agravantes del Art. 108 Inc. 1,2,3 y 4, la pena será de 25 años”.

Donayre Hernández afirmó que el procesado “no posee ninguno de los agravantes del Art. 108, y que el Art. 107 y el Art. 108 A del código penal que han sido publicados el 18 de julio del 2013, y el delito por el cual se procesa a Ormeño Luján, sucedió el 21 de abril del 2013; o sea muchos meses antes”, explicó.

El letrado remarcó que “el Art. 108 del código penal que modifica el Art. 107 no alcanza para aplicarse al delito de Ormeño Luján, ya que la ley penal solo es retroactiva cuando favorece al reo; y en el presente caso es inaplicable”.

Con la correcta tipificación del delito, Ormeño Luján recibiría una condena no menor de 15 años; mientras que con la norma modificada podría ser condenado a una pena mayor a 20 años.

El abogado además ha señalado en el documento dirigido al Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria que tras los sucesos del 21 de abril, los familiares de la víctima inventaron el “feminicidio” en el proceso para elevar la condena del ahora reo en cárcel.

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