El pasado 27 de abril, el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ica declaró nulo el levantamiento del requerido por , el 8 de marzo de este año. El fiscal apeló y la Primera Sala Penal de Apelaciones y Flagrancia de Ica conformada por los jueces Florencio Jara Peña, Rafael Salazar Peñaloza y Marco Antonio Mantilla Camacho, quienes a través de la resolución N° 4 del 16 de mayo, también rechazaron el pedido del Ministerio Público.

Con la investigación fiscal N° 37-2023, el fiscal Pérez López decidió abrir una investigación contra el gobernador regional Jorge Hurtado Herrera, el asesor Carlos Zegarra Sánchez, consejeros regionales, director de Transportes y Comunicaciones, y un grupo de empresarios por los presuntos delitos de tráfico de influencias, cohecho pasivo propio y otros.

Hechos

El pedido de las interceptaciones telefónicas se solicitó en base a dos testigos protegidos: TR-01-2023-FECOF Ica y TR - 02-2023-FECOF Ica.

Para el letrado Chía Aquije, la denegatoria en las dos instancias tienen una explicación. “El fiscal ha buscado lesionar esta garantía constitucional del secreto de las comunicaciones mediante su búsqueda en requerimiento ante el juez de investigación preparatoria de Ica, y no solo ello, sino que, al no obtener la respuesta esperada, el fiscal ha recurrido en apelación pese a que no contaba con la suficiente evidencia o indicios de la comisión delictiva”, dice el documento de la denuncia.

La denuncia del abogado precisa que la denegatoria en dos instancias judiciales es porque los “dos testigos protegidos” son “testigos indirectos o de referencia, es decir, testigos que han recurrido a denunciar porque han escuchado, oído o han tomado conocimiento de lo que otros han dicho o señalado respecto del actual Gobierno Regional de Ica y otros funcionarios”.

Chía Aquije afirmó que la investigación fiscal estaba sustentado en “meras conjeturas para ordenar restricciones de garantías constitucionales como el seguimiento de los investigados mediante videovigilancia y levantamiento del secreto de las comunicaciones”.

“El fiscal para pedir debió analizar de forma razonada si cumple los estándares exigidos por ley; no obstante, se ha dejado llevar por suposiciones de dos testigos que ni siquiera son testigos directos del hecho ilícito, sino que estos solamente atañen a incidir que tomaron conocimiento mediante terceras personas, o a través de canales de información pública para denunciar un supuesto grave (hecho) de corrupción”, detalla.

Segimiento

El letrado dijo que el fiscal Pérez López habría dispuesto el “seguimiento de los investigados mediante videovigilancia por la policía del Departamento de Investigación de Delitos Contra la Corrupción de Ica, sin tener un mínimo de motivación”.

Chía Aquije no dudó en señalar que el citado fiscal se habría confabulado con el jefe de este departamento policial al mando del comandante PNP Carlos Fernando Quipuscua Peralta para causar desestabilización del actual Gobierno Regional de Ica.

En ese sentido, el abogado denunciante fue enfático en señalar que el fiscal Pérez y Quipuscoa “busca desestabilizar y desequilibrar los funcionamientos de esta región, ya que atemoriza, paraliza, genera zozobra e incertidumbre sobre las labores recientes iniciadas en el Gobierno Regional de Ica” a seis meses de haber iniciado una nueva gestión.

Chía Aquije planteó la destitución y mientras dure el proceso de investigación será relevado de la ciudad de Ica.

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