, a cargo de la jueza Lucy Juliana Castro Chacaltana, declaró fundado el requerimiento de revocatoria de conversión de pena presentado por el Ministerio Público contra Nelson David Cardozo Salas, o integrantes del grupo familiar, en agravio de Marlene Lili Lorca Molina.

Incumplió mandato judicial

La sentencia inicial, emitida mediante Resolución N. º 03 del 15 de mayo de 2025, convirtió la pena a una modalidad alternativa sujeta al cumplimiento estricto de reglas de conducta y, especialmente, al desarrollo de jornadas de prestación de servicios a la comunidad. No obstante, según la documentación de incumplimiento remitida al juzgado, se verificó que el sentenciado no cumplió con dichas jornadas, incumpliendo directamente una obligación esencial del beneficio otorgado.

Este incumplimiento fue considerado grave y suficiente para sustentar la solicitud fiscal de revocatoria, al haberse desatendido un mandato judicial obligatorio y directamente vinculado a la conversión de pena.

Realizada la audiencia de revocatoria el 17 de noviembre de 2025, el juzgado resolvió revocar la conversión de pena y ordenó que Nelson David Cardozo Salas cumpla un año y ocho meses de pena privativa de libertad de manera efectiva, conforme a lo establecido en la sentencia original. Asimismo, dispuso su ubicación y captura a nivel nacional, debiendo efectuarse su internamiento en el establecimiento penitenciario que designe el INPE, una vez concretada su detención.

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