Mediante Resolución N° 0696-2024, la Autoridad Nacional del Agua declaró improcedente, en segunda instancia, el pedido de reconsideración para la creación del proyecto de y línea de conducción en el sector de Santa Catalina, en .

Recurso

Dicho recurso administrativo de reconsideración fue interpuesto por el ciudadano Manuel Fernando Chunga Cobeño, contra Resolución Directoral N° 0443-2023-ANA, de fecha 20 de junio del presente año.

La declaración fue notificada al valle de Nasca, a la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor de Nasca y Administración Local de Agua Grande de la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra Chincha.

Cabe resaltar que esta decisión de la Autoridad Nacional del Agua, evidentemente afectará a la agricultura de la provincia, así como a los futuros proyectos de habilitación de agua potable para diversos asentamientos humanos y pueblos jóvenes de Nasca.

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