El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) alertó que el alcalde de la Municipalidad Provincial de Trujillo, Mario Reyna Rodríguez, habría vulnerado el Reglamento de Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad al difundir su imagen en un banner instalado en el Complejo Deportivo Mochica Chimú. En este mismo lugar también se colocó otra propaganda, que el ente electoral determinó que está prohibida, y por ello ofició a la Contraloría “para que proceda de acuerdo con sus atribuciones”.
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Según el Informe N° 000002-2025-MAN-JEECHICLAYO-EG2026/JNE, emitido el 16 de junio, la fiscalizadora Madeley Abanto detectó, el 3 de junio, publicidad prohibida en el complejo deportivo situado en la avenida América Sur 1753.
El panel mencionaba al municipio de Trujillo, a la Gerencia de Educación, Cultura, Juventud y Deportes, y daba información de diversas sedes ediles. Sin embargo, también tenía la imagen y el nombre del alcalde Mario Reyna. Esto iba acompañado de la frase: “Trujillo avanza con el deporte, transformando espacios en oportunidades para todos”.
El 14 de junio, la fiscalizadora volvió a acudir al lugar y en este nuevo informe alertó que “la publicidad se encuentra en las mismas condiciones que fue detectada (el 3 de junio)”.
“Se recomienda elevar el presente informe al Pleno del Jurado Electoral Especial de Chiclayo a fin de que proceda conforme a sus atribuciones y a la normativa electoral vigente”, indica el documento.
Una más
En el Complejo Deportivo Mochica Chimú también se detectó otra vulneración a la norma electoral. A través de la Resolución N° 00244-2025-JEE-CHYO/JNE, publicada el 17 de junio, se indicó que el 22 de mayo se detectó publicidad prohibida. Ante esto, el 6 de junio, se notificó al alcalde, a través de su casilla electrónica, para que explique las razones de esta propaganda.
Sin embargo, la autoridad edil “no cumplió con presentar sus descargos”, por lo que se dispuso “determinar infracción en materia de publicidad estatal” por parte de Mario Reyna.
El Jurado también dispuso que en 10 días se retire la publicidad, “bajo apercibimiento de imponer sanción de amonestación pública y multa, así como de remitir copia de los actuados al Ministerio Público, en caso de incumplimiento”. Además, se enviará el informe a la Contraloría “para que proceda de acuerdo con sus atribuciones”.