Dirección General de Capitanías y Guardacostas, otorgó al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) el derecho de uso de área acuática.
Dirección General de Capitanías y Guardacostas, otorgó al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) el derecho de uso de área acuática.

Con Resolución Directoral N° 604-2022-MGP/DICAPI, la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, otorgó al el derecho de uso de área acuática de una extensión de 1′171,937.90 m2 para el proyecto “Mejoramiento del borde costero de los balnearios de Las Delicias, Buenos Aires y Huanchaco.

MIRA AQUÍ: La Libertad: Empieza trabajo de mantenimiento a 119 kilómetros de vías

Tras autorizarse el derecho de uso de área acuática se espera que en dos semanas se tenga aprobado el expediente técnico de este proyecto de solución a la erosión costera, dijo Ever Cadenillas, que viene impulsando esto desde hace varios años y actualmente postula a consejero regional por la provincia de Trujillo, por Alianza Para el Progreso (APP)..

El documento fue suscrito por el vicealmirante AP César Colunge Pinto, director general de Capitanías y Guardacostas, atendiendo un oficio de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes del MTC, considerando que el año 2021 se había otorgado la reserva de uso del área acuática y que después se solicitó el otorgamiento de derecho de uso del área acuática para el proyecto de mejoramiento del borde costero

Esto permitirá la instalación de una zona de enrocado de protección de 12 rompeolas, un polígono de extracción de arena, una zona de resguardo de draga – etapa 2, una zona de saliente de tubería fija cubierta por enrocamiento, seis tramos de tuberías de by pass fijo con los siguientes componentes: 6 cajas de registro y una unidad de rebombeo ubicada entre los distritos de Salaverry, Moche y Víctor Larco Herrera consignada en el plano general del rompeolas, Buenos Aires y el plano Planta general Salaverry para fase II..

Estos planos incluyen las áreas del balneario Buenos Aires (Víctor Larco Herrera) y una zona de enrocado de protección con un área de 58,177.33 m2; así como los 12 rompeolas antes citados.

También se incluye las áreas del distrito de Salaverry para la fase II con un polígono de extracción de arena que ocupa un área acuática de 1′036,597.24 m2; una zona de resguardo de draga - etapa 2 que ocupa un área acuática de 16,182.56 m2; una zona de saliente de tubería fija cubierta por enrocamiento que ocupa un área acuática de 15,612.84 m2; y seis tramos de trazo de tubería de by pass fijo para realizar trasvase de arena; entre otros.

El artículo 2 de la resolución señala que el derecho de uso de para acuática que se otorga al MTC es por un plazo de 30 años renovable, hasta antes de la fecha de vencimiento, el artículo 3 exonera al MTC el pago por vigencia anual del derecho de uso de área acuática.

El MTC está obligado al estricto cumplimiento de los compromisos ambientales establecidos en el instrumento de gestión ambiental; así como lo dispuesto en el reglamento, entre otras normativas de los sectores competentes, debiendo aceptar las acciones de control y fiscalización de la Dirección de Ambiente Acuático, en coordinación con la Capitanía de Puerto de Salaverry, así como con otras entidades públicas.

Esta resolución establece la prohibición de obstaculización total o parcial a través de muros, alambrados, tranqueras u otro medio físico que no permita el libre acceso a la playa, la cual tiene carácter de uso público.