Contraloría halla riesgos en obra de JLO
Contraloría halla riesgos en obra de JLO

Días antes que el exalcalde distrital de José Leonardo Ortiz (JLO), Raúl Cieza Vásquez, deje el cargo, la Contraloría de la República le hizo saber de los graves riesgos que identificó en una de sus cuestionadas e inconclusas obras.

Se trata de los trabajos “Construcción de pistas en las calles Miraflores cuadras 5 a la 8; Ricardo Palma cuadras 1 a la 8; y San Antonio cuadras 1 a la 8 del pueblo joven Garcés”, la misma que se licitó por un monto de 931 mil 975,48 soles, obra que fue adjudicada a J y J Contratistas Generales SAC., el 23 de abril del 2012.

INFORME. Correo tuvo acceso a las conclusiones que la Oficina de Coordinación Regional Norte de la Contraloría realizó, las mismas que surgen a raíz de la veeduría realizada a la citada obra, las cuales fueron dadas a conocer al propio Raúl Cieza la última semana de diciembre del 2014.

El documento señala que, “como resultado de la labor de control efectuada, se ha identificado riesgos que podrían afectar la transparencia, la probidad o la inaplicación de la normativa pertinente, así como los aspectos técnicos y financieros de la obra, por ende los intereses patrimoniales de la entidad (municipio)”.

Una de las primeras anomalías que detectó esta veeduría, es que, el expediente técnico “actualizado” no cuenta con estudio de mecánica de suelos, generando el riesgo de que el “diseño” de la estructura, sin el sustento debido, no permita que la obra alcance el periodo de vida útil previsto, afectando su calidad”.

Ante la falta de un estudio de mecánica de suelos, la Contraloría verificó la incompatibilidad existente entre el expediente técnico actualizado y lo que se ha ejecutado en campo, toda vez que según el plano P-01, figura que la estructura del pavimento deberá estar conformada por 8 centímetros de adoquín de concreto; mientras que en el cuaderno de obra N° 1, el supervisor manifiesta que el espesor del adoquinado será de 6 centímetros.

Asimismo, se hace hincapié que, de la revisión a la documentación alcanzada a la Contraloría, se constató la existencia de dos estudios geotécnicos, los cuales no son concordantes con el estudio de mecánica de suelos solicitado por el supervisor en el cuaderno de obra.

Otro de los riesgos es el incumplimiento de los requisitos para dar inicio al plazo de ejecución de obra, lo que genera el riesgo de futuras controversias, que podrían implicar perjuicio económico ante eventuales ocurrencias en obra.

“Con relación a los tipos de adelantos que la entidad debería otorgar al contratista, hasta la fecha de elaboración de este informe, no se ha tenido respuesta por parte de la municipalidad leonardina; además, en el portal web del Sistema Electrónico de Contrataciones con el Estado- Seace- dicha información se encuentra caducada. Por otro lado, se ha revisado el contrato de ejecución de obra y en él no figura cláusula alguna referente a algún tipo de adelanto (directo y/o para materiales)”, indica el documento”.

TERCER RIESGO. En este punto se describe, “paralización de obra no es atribuible al contratista, desde el 21 de junio del 2012 viene originando sin que la entidad emita documento alguno al respecto, que el plazo de ejecución contractual fijado en 120 días calendario se prolongue hasta la actualidad, generando el riesgo de que se deba realizar el pago por mayores gastos generales variables, en perjuicio de la entidad”.

La veeduría además arroja que, si bien en marzo del 2011, a solicitud del alcalde leonardino, la entonces gerente general de Epsel, le informó que el estado de las redes de alcantarillado de las calles materia del proyecto, se consideraba “operativo”, la entidad procedió, después de más de un año, a contratar (23 de abril de 2012) la obra, sin actualizar la información relacionada con las indicadas redes.

En este punto, las conclusiones de la veeduría narran que durante la ejecución de la obra, la contratista le pide al supervisor que Epsel se pronuncie respecto al estado actual de la tubería de agua y desagüe, así como tiempo de funcionamiento y vida útil de las mismas.

Epsel respondió (20 de junio de 2012) que estas redes de agua potable tienen una antigüedad de 37 años y su estado de conservación es de regular a malo; mientras que las redes de alcantarillado, también cuentan con una antigüedad de 37 años, pero su estado de conservación es malo, añadiendo que estas han superado su vida útil.

Es así que, con fecha 21 de junio de 2012, se acuerda suscribir el acta de paralización de obra. “Durante la paralización de la obra, se ha venido ejecutando trabajos de saneamiento (agua y alcantarillado) en las mismas calles que componen el proyecto de pavimentación, la misma que hasta la fecha (obra de saneamiento) no se encuentra concluida, conforme consta en e acta de recepción parcial de la misma, donde se menciona que solo la “calle Miraflores” se encuentra ejecutada”, dice el informe.

Del mismo modo, mucho después, sin que se concluya la obra que subyacerá al pavimento, el 16 de abril de 2014, se acuerda suscribir el acta de reinicio.

En el cuarto riesgo. Aquí se detalla que, se inició la ejecución de partidas de construcción de pavimento intertrabado en la calle Miraflores, sin tener previamente bien definida la real intensidad del tráfico, generando el riesgo de que dicha estructura no alcance su periodo de vida útil previsto.

Por último, en el quinto riesgo se da a conocer que, la entidad (municipio) no exigió oportunamente la renovación de la carta fianza de fiel cumplimiento; además, una vez vencida no adoptó las acciones conducentes a ejecutar dicha garantía, como correspondía, generando el riesgo de no contar, desde el 27 de diciembre de 2012, con garantía alguna por dicho concepto.

Las conclusiones hacen mención de la revisión efectuada a la cartas fianzas emitidas por el Banco Continental, entre ellas una por el monto de 93 mil 197,55 soles, equivalente al 10 % del monto total del contrato de ejecución de obra. Se advierte que su primera y última renovación se realizó el 24 de agosto de 2012, por un periodo de 4 meses, afianzando la ejecución de obra hasta el 26 de diciembre de 2012 a horas 12 meridiano, prorrogando el plazo de vencimiento anterior que rigió desde el 20 de abril de 2012 hasta el 28 de agosto de 2012.

“Como se aprecia, la entidad no exigió oportunamente la renovación de la citada garantía; tampoco, una vez vencida, no procedió a ejecutarla como correspondía, dejando transcurrir el tiempo sin que el fiel cumplimiento del contrato esté garantizado”, sostiene el informe.

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