Odebrecht queda sin opción para cobrar $ 74 millones por el Proyecto Olmos
Odebrecht queda sin opción para cobrar $ 74 millones por el Proyecto Olmos

En medio de una coyuntura de escándalo de corrupción en el que está envuelto , el Tribunal Constitucional (TC) puso fin a la pretensión de la empresa brasileña de cobrar más de 70 millones de dólares por sobrecostos en el Proyecto Olmos.

Esto tras el fallo emitido el último 5 de enero (Expediente N° 2262-2016), en donde el TC declara improcedente el recurso de agravio constitucional presentado por la Concesionaria Trasvase Olmos (CTO), del conglomerado brasileño.

ANTECEDENTES. Con este recurso legal, Odebrecht buscaba anular el laudo arbitral firmado a través de una transacción extrajudicial entre el Gobierno Regional de Lambayeque (GRL) y la Concesionaria Trasvase Olmos.

A este fuero se acudió luego de la controversia que se originara por los sobrecostos que reclamaba Odebrecht, como resultado de los trabajos de excavación que realizaba en el túnel trasandino.

La empresa brasileña aducía que los estallidos de roca registrados durante las labores de perforación le originó un perjuicio económico que justificó presentado un informe del Centro de Investigaciones de la Universidad del Pacífico, en donde se fijaba la suma de 74 millones de dólares.

Odebrecht solicitaba que este millonario monto sea asumido por el Estado, a través del Gobierno Regional del Lambayeque, encontrando una respuesta negativa por parte del entonces gerente del Proyecto Especial Olmos Tinajones (PEOT), así como del gobernador regional Humberto Acuña Peralta.

Es así que tras paralizar los trabajos de excavación, CTO y el GRL llegan al acuerdo de contratar a un perito; designándose así al experto Jorge Alva Hurtado, quien concluyó que el monto por sobrecostos era solo de 5 millones 684 mil dólares.

PJ Y TC. Pese a que CTO y el GRL acordaron que el informe pericial iba a ser inapelable e inimpugnable, Odebrecht decide acudir al Poder Judicial para anular el laudo arbitral; sin embargo, su demanda fue rechazada.

Ante ello, vía acción de amparo, la empresa brasileña acudió a la vía civil, logrando que en primera instancia se anule el laudo arbitral; sin embargo, en segunda instancia se le dio la razón al Gobierno Regional de Lambayeque, motivo por el cual CTO recurrió al TC presentando un recurso de agravio constitucional.

Finalmente, el último jueves el TC declaró improcedente este recurso, alegando que no se ha afectado ningún derecho constitucional.

REACCIONES. Para el actual gerente del PEOT, Juan Saavedra Jiménez, el fallo del TC es el “resultado de una lucha constante, toda vez que no correspondía el reclamo de Odebrecht”.

A la vez, reconoció que los trabajos realizados en el túnel trasandino fueron de alta complejidad, y que, pese a las paralizaciones de la obra, no se llegó a aplicar ninguna penalidad a CTO, por considerar que hubieron estallidos que provocaron impactos muy negativos para el avance de la obra.

“No han habido penalidades porque ellos (CTO) han afrontado una serie de circunstancias provocadas por causas de fuerza mayor”, precisó.

El gobernador regional de Lambayeque, Humberto Acuña Peralta, se pronunció en la misma línea, felicitando al TC por el fallo que “ratifica la defensa del GRL sobre los recursos del Estado”.

Acuña Peralta recordó que Odebrecht “pateó el tablero” al no respetar el laudo arbitral y optar por acudir al Poder Judicial y al Tribunal Constitucional en su afán de cobrar más de 70 millones de dólares por sobrecostos de la obra.

APELACIÓN. El asesor legal del PEOT, Ricardo Quijano Chávez, señaló que el fallo del TC se da luego de una larga batalla judicial y constitucional que les da la razón, pues “no se ha producido ninguna afectación a un derecho constitucional, ni una vulneración del debido proceso”.

Asimismo, agregó que con el fallo del Tribunal Constitucional queda zanjado el tema del reclamo de sobrecostos presentado por Odebrecht contra el Gobierno Regional de Lambayeque. “Este fallo no puede ser cuestionado en ningún otro fuero”, precisó.

Consultado al respecto, el abogado Tito Esteves Torres señaló que, si bien es cierto el fallo del TC no puede ser revisado por otra instancia en el país, Odebrecht podría recurrir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

“Debemos recordar que un fallo de la CIDH es vinculante porque el Perú forma parte de ella”, indicó.

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