Poder Judicial ordena incautar bienes vinculados a actividades ilícitas
Poder Judicial ordena incautar bienes vinculados a actividades ilícitas

El Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque (CSJLA) dictó 10 medidas cautelares de incautación para bienes que se encuentran presuntamente vinculados a la comisión de actividades ilícitas.

De esta forma, se logró la incautación provisional de 8 bienes inmuebles, tras advertirse según investigación del Ministerio Público, que habrían sido instrumento del delito de tráfico ilícito de drogas, es decir, que fueron utilizados para la comercialización de droga; y de dos vehículos, también vinculados a la comisión del delito de tráfico de drogas.

La medida cautelar dictada por este órgano jurisdiccional tiene el carácter de provisional, y está en función al término del proceso de extinción de dominio. Los bienes bajo estas medidas son administrados por el Programa Nacional de Bienes Incautados (PRONABI).

ALCANCES

Los juzgados especializados en Extinción de Dominio tienen como finalidad extinguir patrimonios y trasladar la titularidad al Estado de bienes que provengan de actividades ilícitas o estén destinados a ellas. En ese sentido, un proceso de extinción de dominio inicia tras acoger una demanda de extinción de dominio interpuesta por el Ministerio Público.

Allí, el juez especializado deberá calificar la demanda, y será precisamente en este etapa en donde también se resolverán los pedidos de medidas cautelares si es que así lo formulara el Ministerio Público.

Luego, y en un plazo de 30 días posteriores al ingreso de la demanda por extinción de dominio, el magistrado deberá fijar fecha para la audiencia inicial y la audiencia de actuación de medios probatorios, para, posteriormente expedir la sentencia, la cual tiene como objetivo extinguir el patrimonio de la persona demanda de forma definitiva.

En ese sentido, el Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de Chiclayo prevé desarrollar la audiencia inicial de estos casos, que actualmente cuentan con medidas cautelares de incautación, para mediados de noviembre de este año.

El marco normativo de los procesos de pérdida de dominio son el Decreto Legislativo 1373 y el Decreto Supremo 007-2019. La CSJLA es una de las 21 sedes judiciales que, desde mayo último, cuenta con un juzgado especializado en extinción de dominio.