Es necesario que se aclaren los motivos de la demora que impidió a la Fiscalía concluir los juicios en estos casos emblemáticos.
Es necesario que se aclaren los motivos de la demora que impidió a la Fiscalía concluir los juicios en estos casos emblemáticos.

El presidente de la Corte de Justicia de Lambayeque, Juan Guillermo Piscoya, se pronunció a favor de que el Ministerio Público explique los motivos que impidieron concluir los juicios de David Cornejo Chinguel (exalcalde de Chiclayo) y del empresario , antes de que sean liberados.

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“Es importante establecer quienes incurren en responsabilidad en la demora de los procesos, o de repente es por otras limitaciones que escapan al Ministerio Público, pero ellos deben explicar el por qué”, sostuvo.

El magistrado también señaló que cuando se dispone de una serie de pruebas, tales como colaboraciones eficaces, informes y testigos, es más adecuado impulsar una investigación y juicio.

“Así evitamos que la ciudadanía tenga la percepción de que hay impunidad, pero es cierto también que hay casos emblemáticos, a nivel nacional, donde se dictaron prisiones preventivas, pero no se lograron las acusaciones o los juicios, a tiempo”, remarcó.

Complejo

En los procesos seguidos contra David Cornejo y Edwin Oviedo, a petición de las fiscalías, se ordenaron mandatos de prisión preventiva por el plazo de 36 meses.

Guillermo Piscoya explicó que estas medidas se otorgan en casos complejos con la finalidad de aprovechar ese tiempo para culminar la investigación, formular la acusación y desarrollar el juicio oral.

Sin embargo, enfatizó que es la Fiscalía la mayor parte del proceso la que tiene en sus manos el caso.

“No tenemos quejas contra jueces por algún retardo, el Poder Judicial tiene plazos que cumplir y si ya no se dan las condiciones para ampliar la prisión, al procesado solo le corresponde su libertad”, declaró.

La excarcelación de Cornejo se produjo porque el juzgado determinó que el internamiento había vencido el 28 de noviembre. En cuanto a Oviedo, este se encontraba con arresto domiciliario, pero la Corte Suprema determinó que esta también había concluido.

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