Ate: aprueban ordenanza que prohíbe el uso del castigo físico y humillante contra menores
Ate: aprueban ordenanza que prohíbe el uso del castigo físico y humillante contra menores

La Municipalidad de  aprobó una ordenanza que prohíbe el uso del y humillante contra menores en el distrito.

“La presente Ordenanza tiene por objeto prevenir y prohibir el uso del castigo físico y humillante contra los niños, niñas y adolescentes en el Distrito de Ate”, se puede leer en disposición publicada este jueves en el diario El Peruano.

La normativa se aplicará en todos los espacios públicos o privados donde se desarrolle un niño, niña o adolescente, como el hogar, la escuela, la comunidad, lugares de trabajo, centros juveniles, centros recreativos, guarderías, parques, iglesias u otros lugares afines dentro del ámbito de la jurisdicción municipal.

Acciones a tomar

La comuna de Ate ha encargado hacer cumplir la normativa a la Gerencia de Desarrollo. Entre sus responsabilidades se ha establecido impulsar una campaña comunicacional ponte en #ModoNiñez orientado a los padres, madres o principales responsables del cuidado de los niños, niñas y adolescentes sobre los efectos del uso del castigo físico y humillante contra los niños, niñas y adolescentes y pautas de crianza positiva.

Asimismo, deberá promover la difusión por medios de comunicación locales y redes sociales spot, videos, etc. referidos a la prohibición del uso del castigo físico y humillante contra los niños, niñas y adolescentes y pautas de crianza positiva.

Además, se ha declarado la primera semana de junio de cada año, como la semana del “No al castigo físico y humillante contra los niños, niñas y adolescentes”, debiendo en dicha semana realizarse actividades cívicas culturales relacionadas al tema, entre otros.

También se han planteado responsabilidades a la gerencia de Seguridad Ciudadana. Entre ellas se destacan que los miembros de serenazgo de la Municipalidad, prestarán protección frente a la violencia a los niños, niñas y adolescentes en espacios públicos en el marco de sus competencias.

Asimismo, se deberá planificar y ejecutar acciones preventivas y de orientación a la ciudadanía sobre los efectos del castigo físico y humillante contra los niños, niñas y adolescentes y orientar al ciudadano/a cuando requiera algún tipo de información respecto de la atención frente al castigo físico y humillante en espacios públicos.

Por ultimo deberán impulsar la coordinación con las Juntas Vecinales para la prevención y vigilancia vecinal frente al castigo físico y humillante, en coordinación con la Subgerencia de Participación Ciudadana.