El primer paso para formalizar una unión de hecho es acudir a un notario público. Foto: Sunarp
El primer paso para formalizar una unión de hecho es acudir a un notario público. Foto: Sunarp

¿Convives con tu pareja? Después de los dos años puedes registrar su convivencia en el Registro Personal de la Sunarp. Esto siempre y cuando ambas partes estén de acuerdo y libres de impedimento matrimonial.

Unión de hecho: ¿qué es?

De acuerdo a la , la unión de hecho es la convivencia libre y voluntaria entre un hombre y una mujer sin vínculo matrimonial entre sí.

Este tiene que haber durado por lo menos dos años continuos para alcanzar finalidades y cumplir deberes semejantes a los del matrimonio.

Unión de hecho: ¿en qué se diferencia del matrimonio?

  • En el matrimonio existe la opción de elegir entre el régimen de sociedad de gananciales y régimen patrimonial de separación de bienes.
  • En la unión de hecho el régimen de sociedad de gananciales es único y forzoso, es decir, todos los bienes y rentas obtenidas durante la vigencia de la convivencia pertenecen a los convivientes en partes iguales.
El primer paso para formalizar una unión de hecho es acudir a un notario público. Foto: Sunarp
El primer paso para formalizar una unión de hecho es acudir a un notario público. Foto: Sunarp
El primer paso para formalizar una unión de hecho es acudir a un notario público. Foto: Sunarp
El primer paso para formalizar una unión de hecho es acudir a un notario público. Foto: Sunarp

Unión de hecho: ¿por qué es importante?

Al registrar la convivencia en la Sunarp, los convivientes garantizarán la preservación de sus derechos patrimoniales o de propiedad.

Para ello, deben precisar la fecha de inicio de su relación, así como la de su finalización, en caso se produjera. De esta manera, se podrá diferenciar con exactitud los bienes muebles e inmuebles que les corresponden a cada uno.

Unión de hecho: ¿cuáles son los requisitos?

  • Solicitud que incluya los nombres y firmas de ambos solicitantes, así como el reconocimiento expreso que conviven no menos de dos años de manera continua.
  • Declaración expresa de los solicitantes que se encuentran libres de impedimento matrimonial y que ninguno tiene vida en común con otro varón o mujer, según sea el caso.
  • Certificado domiciliario de los solicitantes. Debe ser el mismo para ambos convivientes.
  • Certificado negativo de unión de hecho tanto del varón como de la mujer, expedido por el Registro Personal de la oficina registral donde domicilian los solicitantes.
  • Declaración de dos testigos indicando que los solicitantes conviven dos años continuos o más.
  • Otros documentos que acrediten que la unión de hecho tiene por lo menos dos años continuos.

Unión de hecho: ¿cómo registrarla?

  • Una vez que cumplas todos los requisitos, acude a un notario público (siempre que ambos convivientes estén de acuerdo en registrar la unión de hecho).
  • Una vez presentado los documentos, el notario público realiza publicaciones de un extracto de la solicitud.
  • Transcurridos 15 días útiles, de no presentarse oposición extenderá la escritura pública con la declaración del reconocimiento de la unión de hecho entre los convivientes.
  • Está será remitida al Registro Personal de la Sunarp del lugar donde los convivientes domicilian.

Unión de hecho: ¿cuánto cuesta la inscripción en Sunarp?

El costo es de S/. 24. Los gastos notariales varían de acuerdo a la notaría elegida.

Unión de hecho por vía judicial

También se puede solicitar la inscripción de reconocimiento de la unión de hecho a través de la vía judicial. En este caso se deberá presentar los siguientes documentos:

  • Parte judicial que contiene el oficio del juez, adjuntando las copias de la sentencia, certificadas por un auxiliar jurisdiccional
  • Resolución que declara consentida o ejecutoriada la sentencia.
  • En ambos casos, deberá indicarse el número de DNI de los convivientes.