Policía pide a pasajeros que regresen a sus casas. (Video: Canal N)

El Ejecutivo decretó Estado de Emergencia por 15 días en todo el territorio nacional y el aislamiento social obligatorio (cuarentena) a fin de que el no se propague. Debido a esto, la y el Ejército se encuentran en las calles para que las medidas de la resolución se cumplan.

Sin embargo, algunos ciudadanos han hecho caso omiso y continúan circulando por las calles de la capital y de otras regiones del país. Ante esto, policías y militares exhortan a las personas que cumplan lo establecido por el Gobierno para que la situación de contagiados no incremente.

En un video difundido por Canal N se observa a un agente policial en el interior de un bus de transporte público pidiendo a los pasajeros que desciendan de la unidad y regresen a sus viviendas.

Si ustedes no toman consciencia, este virus se va a propagar. Lo que se quiere es su colaboración. Son 15 días que se les está pidiendo que se queden en su domicilio”, se escucha decir al policía.

La realidad acá es diferente, ustedes pueden decir que, si no trabajan, no comen y yo los entiendo, pero deben comprender que la situación se puede empeorar. Son 15 días, por favor”, agregó el agente.

Vale precisar que el ministro del Interior, Carlos Morán, anunció que las personas que no acaten el “aislamiento social obligatorio” serán intervenidas y llevadas a la comisaría, pues recordó que está restringido el libre tránsito durante el Estado de Emergencia.

¿Quiénes pueden transitar por las calles?

El presidente Martín Vizcarra, indicó que quiénes podrán transitar por las vías de uso público durante el Estado de Emergencia Nacional: las personas dedicadas a la prestación y acceso a servicios y bienes esenciales como, adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, lo que incluye su almacenamiento y distribución para la venta al público.

Asimismo, aquellas encargadas de la adquisición, producción y abastecimiento de productos farmacéuticos y de primera necesidad; los que den asistencia a centros de servicios y establecimientos de salud, así como en los centros de diagnósticos en caso de emergencia; así como permitirles el retorno a sus lugares de residencia habitual.

Del mismo modo, podrán circular aquellas personas que brinden asistencia y cuidado a personas adultas mayores, niñas, niños, adolescentes dependientes, personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad.

También aquellos trabajadores de entidades financieras, seguros y pensiones, así como los que brinden servicios complementarios y conexos que aseguren su adecuado funcionamiento; así como los de producción y almacenamiento y venta de combustible; medios de comunicación y centrales de atención de emergencia.