Comité contribuirá con la transparencia en el uso de los recursos asignados para enfrentar al COVID-19. (Foto: Andina)
Comité contribuirá con la transparencia en el uso de los recursos asignados para enfrentar al COVID-19. (Foto: Andina)

El Gobierno dispuso la conformación del “Comité de Vigilancia de asignación y uso de Equipos de Protección Personal (EPP) y otros recursos destinados a la atención del COVID-19 (ComVi-COVID19)” en todos los hospitales e institutos especializados del Perú, a fin de garantizar el uso adecuado de los equipos de protección y de los recursos que fueron asignados con el objetivo de frenar el avance del nuevo coronavirus.

Según la Resolución Ministerial N° 316-2020-MINSA, publicada hoy en el diario El Peruano, los comités serán como un espacio de participación al interior de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) que promueve la colaboración entre las autoridades que ejercen la gestión del establecimiento de salud y sus colaboradores.

Asimismo, tendrán la finalidad de contribuir con la transparencia y probidad en el uso eficiente y eficaz de los recursos asignados para el tratamiento de la pandemia COVID-19.

Estará conformado por representantes de la Oficina de Calidad, de la Unidad de Logística, de la Oficina de Epidemiología, del Departamento de Farmacia, de los trabajadores del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, del Cuerpo Médico y del Departamento de Enfermería.

El presidente y secretario técnico del comité serán designados en la sesión de instalación del mismo, entre sus integrantes. La representación ante este comité es Ad-Honorem.

Igualmente, el comité tendrá entre sus funciones vigilar el uso de los equipos de protección personal en el recurso humano de las diferentes áreas de la Ipress, expresar opinión sobre los procesos de estimación de necesidades, adquisición, almacenamiento, distribución, asignación y uso racional de EPP y otros recursos para COVID-19, entre otras.

Además, generar propuestas para contribuir a la mitigación de los riesgos identificados por problemas en la disponibilidad y uso de EPP, y otros recursos para la atención del COVID-19, inclusive en situaciones de escasez, entre otras funciones.

Para el cumplimiento de su finalidad y desarrollo de las funciones asignadas, el comité podrá solicitar a través de la Dirección General de la Ipress, la asistencia técnica y provisión de herramientas a la Superintendencia Nacional de Salud – Susalud, en atención a su conocimiento técnico, competencias y alcances.

El comité podrá solicitar la colaboración, opinión y aporte técnico de los órganos y unidades orgánicas de la Ipress, miembros de la sociedad civil y otras entidades, que puedan contribuir al cumplimiento de sus funciones

Finalmente, el comité iniciará funciones a los dos días hábiles siguientes de la publicación de la Resolución Ministerial, la misma que culminará a los 30 días calendario posteriores a la conclusión de la emergencia sanitaria, con la presentación de un informe final a la Dirección General de la Ipress.