El Seguro Social de Salud (Essalud) recibió una multa de 3 URP (Unidad de Referencia Procesal), luego que no presentara el protocolo y el plan para practicar la eutanasia de Ana Estrada, tal como lo señaló el fallo de la Corte Suprema que reconoce el derecho a una muerte digna para la  mencionada ciudadana peruana.

La abogada ad honorem, Josefina Miró Quesada, explicó a Correo que el fallo estableció la creación de tres comisiones: uno por parte del Ministerio de Salud y dos por parte de EsSalud.

“Las dos (comisiones de Essalud) son para crear un plan y protocolo de aplicación de la eutanasia y el otro es para efectivizar el procedimiento. En caso del Ministerio de Salud, es para revisar y aprobar la documentación”, precisó.

Advirtió que Ana no podría hacer uso de su derecho por falta de estos documentos. Esta institución tiene hasta el 3 de mayo para presentarlos.

“Lo grave es que hay una sentencia histórica con calidad de cosa juzgada, pero para ejecutarla depende de que EsSalud realice su parte, de institucionalizarlo. La sentencia dice que este derecho se hace efectivo previo protocolización para este caso”, explicó.

También indicó que Ana Estrada se mantiene estable y que todavía es capaz de expresar su voluntad. Caso contrario, ha elegido a su hermano y cuñada para hacer cumplir sus deseos.

DEFENSORÍA. El adjunto para los Derechos Humanos de la Defensoría del Pueblo, Percy Castillo, indicó a Correo que confían en que Essalud cumpla con el mandato judicial. Debido a que de ello depende que Ana pueda cumplir con su proyecto.

“El documento que presente Essalud será validado por el Ministerio de Salud. Luego por nosotros (la Defensoría del Pueblo) y por Ana. Así quedará listo (para utilizar este derecho) cuando ella lo considere”, dijo.


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