(Fuente: MTC)
(Fuente: MTC)

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó modificaciones que establecen con mayor claridad las condiciones para el uso obligatorio de chalecos distintivos y cascos de seguridad por parte de los choferes y pasajeros de motocicletas.

Mediante el Decreto Supremo N.° 018-2025-MTC, el MTC aprobó modificaciones al Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1216, con el objetivo de fortalecer la seguridad ciudadana en materia de tránsito y transporte. Estas disposiciones impactan en el Reglamento Nacional de Tránsito y detallan las sanciones aplicables a quienes no utilicen chalecos con el número de placa del vehículo.

Las infracciones, identificadas con los códigos G.68 y G.69 del Reglamento Nacional de Tránsito, solo se aplicarán en las zonas declaradas en estado de emergencia por orden interna, siempre que la normativa vigente lo permita.

La falta de uso del chaleco será sancionada con el código G.68, mientras que impedir la visibilidad del número de placa en el chaleco será mediante el código G.69. En ambos casos, la multa asciende a S/428, equivalente al 8% de la UIT, además de la acumulación de 20 puntos en el récord del conductor y la retención del vehículo.

El decreto establece las condiciones técnicas para el uso de cascos de seguridad y lentes protectores. Cuando el casco no cuente con visor, es obligatorio el uso de lentes protectores. El incumplimiento dichas medidas constituye una infracción grave, tipificada con el código G.59, sancionada con una multa de S/428, equivalente al 8% de la UIT, y la retención del vehículo.

La norma permite que el visor del casco no sea necesariamente transparente, siempre que forme parte del diseño original de un casco certificado por el fabricante. También, se elimina la prohibición de incluir elementos que protejan el rostro del viento y el polvo, otorgando al conductor la libertad de escoger el tipo de visor que mejor se adapte a las condiciones de luminosidad del entorno.

Estas medidas buscan reforzar el control del tránsito de vehículos menores en las zonas declaradas en estado de emergencia, siempre que la declaratoria así lo indique. En ese sentido, apuntan a reducir los siniestros viales vinculados al incumplimiento del uso de cascos certificados, al mejorar las condiciones de visibilidad durante la conducción.

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