Policías y FF.AA. podrán retener a infractores de reglas sanitarias y cuarentena durante cuatro horas
Policías y FF.AA. podrán retener a infractores de reglas sanitarias y cuarentena durante cuatro horas

El Ejecutivo prohibió en las diez regiones en riesgo extremo por COVID-19 la realización de reuniones y concentraciones de personas, ya sea en eventos sociales u otros que impliquen aglomeración, desde el 31 de enero al 14 de febrero.

Según el decreto supremo N° 008-2021 publicado ayer en el Diario El Peruano, quedan restringidas las reuniones familiares y sociales; concentraciones en eventos sociales, políticos, culturales u otros que impliquen aglomeración de personas; e ingreso a playas y espacios ribereños.

No obstante, las municipalidades deben facilitar el uso de los espacios públicos, por una hora, bajo reglas de distanciamiento físico o corporal, aforo y priorizando el desplazamiento peatonal y no motorizado.

Asimismo, estableció la suspensión, hasta el 28 de febrero, del ingreso de extranjeros no residentes de procedencia de Europa, Sudáfrica y Brasil, o que hayan realizado escala en dichos lugares.

Por su parte, el Ministerio de Salud dio a conocer que, en cumplimiento del decreto supremo 184-2020-PCM, quedaron restringidos los velorios debido a que se convirtieron en focos de contagios de coronavirus.

RETENCIÓN. Finalmente, el Ejecutivo ordenó que las personas que incumplan las reglas sanitarias y la inmovilización social obligatoria serán intervenidas por los miembros de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, y permanecerán retenidas en centros temporales por cuatro horas.

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