El burgomaestre y su hombre de confianza deben pagar una reparación civil de 550,000 soles.
El burgomaestre y su hombre de confianza deben pagar una reparación civil de 550,000 soles.

Por mayoría, las juezas Melina Timaná Álvarez y Georgina Linares Rosado condenaron al exalcalde de la , José Ramón Montenegro Castillo, a quien le impusieron ocho años de pena privativa de la libertad en calidad de autor del delito de peculado doloso.

REPARACIÓN CIVIL

La decisión fue leída como adelanto de fallo al termino del juicio oral. En la sentencia también se condena, por mayoría, al exjefe de la oficina de Asesoría Legal, Oscar Echegaray Albán, como cómplice primario, por el mismo periodo y delito. A ambas personas se les impuso el pago de una reparación civil de S/ 550,000 soles y la inhabilitación de ocupar cargo público por el plazo de ocho años.

De esta manera, ambas juezas también ordenaron que se emitan los oficios correspondientes para la ubicación, captura e internamiento de ambos sentenciados.

Por su parte, el juez Ronald Soto Cortez, quien también integra el Juzgado Colegiado Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Piura, emitió su voto dirimente; optando por la absolución de ambas personas.

La Fiscalía detalló que el 29 de diciembre del año 2011, el entonces alcalde de la Municipalidad de Morropón–Chulucanas, José Montenegro Castillo, emitió la Resolución de Alcaldía N° 1130-2011-MPM-CH-A, donde reconoce los incrementos derivados de pactos colectivos y dejados de percibir desde el año 2001 al 2007 por 18 trabajadores municipales.

Posteriormente, la jefa de Unidad de Recursos Humanos emite un informe dirigido al director de Administración de la entidad, donde concluye que el numeral 9 y 10 de la Resolución de Alcaldía N° 1130-2011-MPM-CH-A se encontraban inmersos en nulidad; así como, que dicha resolución resultaba irregular porque fue emitida sin un previo informe legal de la oficina y gerencia de Asesoría Jurídica; así como, el respectivo informe técnico de las gerencias o dirección municipal y administración.