Ocho trabajadores reincorporados a la Dirección Regional de Agricultura de Piura (DRAP) por mandato judicial recibieron un incremento en sus remuneraciones durante el mes de julio de 2025. Sin embargo, el carácter provisional de su reincorporación ha encendido las alertas, al no cumplirse plenamente las condiciones establecidas por el para validar dichos aumentos salariales.

Según informó el director regional de Agricultura, Antonio Valdiviezo, las mejoras salariales se produjeron tras la inscripción de los trabajadores en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP).

Entre los casos revisados, destaca el del trabajador Roberto More Vilchez, reincorporado al cargo de vigilante, quien pasó de recibir S/930 mensuales hasta junio de 2025 a S/2,622 en julio, con un incremento de S/1,692. Otro caso es el de Milena Jaramillo Ayala, secretaria reincorporada, cuyo salario pasó de S/1,500 a S/2,622 en el mismo periodo.Asimismo, otros trabajadores como Katia Inga Díaz, Carol Chero Montalbán, y Pol García Castillo vieron incrementos de más de S/600, en algunos casos también accediendo a beneficios como la bonificación por “canasta de alimentos”.

Lo mismo se detectó en el caso de la trabajadora Oreana Miranda Juarez. Su remuneración era de S/ 2,355.52 hasta junio de 2025, pero su sueldo fue elevado a S/ 3,017.00, registrando un incremento de S/661.48.De igual manera, la remuneración de Peter Artemio Ogoña Jimenez, reincorporado provisionalmente en el cargo de Asistente Administrativo – contador público – o similar, era de S/ 2,500 hasta junio de 2025, pero en julio de 2025, su sueldo fue incrementado a S/ 3,017.00, reportando un alza de S/ 517. Finalmente, el salario del trabajador Luis Morey Torres, reincorporado al cargo de chofer o similar, pasó de S/1,800 hasta junio de 2025 a S/ 2,622 en julio de 2025, identificándose un incremento de S/822.

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ADVERTENCIAS IGNORADAS. A pesar de que la Oficina de Contabilidad de la Dirección Regional de Agricultura observó el incremento de sueldos mediante el Oficio N° 01-2025 del 16 de julio, y recomendó ceñirse estrictamente a lo dispuesto por los mandatos judiciales, la Oficina de Personal continuó el trámite invocando el Decreto Legislativo N° 1666, sin sustentar adecuadamente que los aumentos estuvieran respaldados por resoluciones judiciales con calidad de cosa juzgada.El Informe Legal N° 310-2025 de la Dirección de Asesoría Jurídica también aludió a esta norma, aunque sin aclarar por qué se procedió con aumentos cuando los mandatos judiciales aún no eran definitivos. Se debe considerar que el área de Contabilidad y Tesorería advirtieron que las observaciones no fueron absueltas. No obstante, pese a las advertencias, el 24 de julio de 2025 el administrador de la DRAP, José Luis Baca Cruz, emitió el memorándum N° 1098-2025 ordenando el pago de las planillas con aumentos, asumiendo la “responsabilidad exclusiva” del acto. Cabe precisar que la jefa de Presupuesto tampoco dio respuesta sobre lo consultado por el área de Contabilidad.Este hecho podría contravenir la Ley de Austeridad 2025, así como disposiciones sobre el respeto a la legalidad en la administración pública.

Consultados sobre el caso, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del MEF recordó que, de acuerdo con la normativa vigente (Directiva N° 003-2022-EF/53.01), el registro de personal reincorporado solo procede si la resolución judicial cuenta con calidad de cosa juzgada. En caso contrario —como en los ocho casos analizados—, el registro es de carácter temporal y no conlleva necesariamente ajustes en la remuneración hasta que se confirme la sentencia de manera definitiva.

DEFIENDE PAGOS. Al ser consultado sobre el aumento de salarios, el director regional de Agricultura, Antonio Valdiviezo, precisó que los montos adicionales que se les otorgan a estos trabajadores corresponden a “otros beneficios” o “temas complementarios” al salario, y no constituyen un incremento directo del sueldo base. En ese sentido, Valdivieso argumentó que la legalidad de estos procedimientos está respaldada por el propio Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). “Si esto fuera ilegal, el Ministerio de Economía y Finanzas no los hubiera inscrito”, aseveró.

Asimismo, aseguró que las incorporaciones están sustentadas en informes legales, y que el MEF se basa en los mandatos judiciales para el registro de los trabajadores. Valdivieso recalcó que “ningún trabajador de la administración pública puede, ni el MEF los va a dejar, que se incrementen o complementen el sueldo si es que no está establecido de acuerdo a la norma”. Finalmente, el funcionario añadió que el MEF actúa bajo un sistema, y si una inscripción fuera irregular, la rebotaría.