El alcalde distrital de Miguel Checa, en Sullana, Pedro Zapata Sócola, fue sentenciado a 4 años de pena privativa de la libertad por el delito de peculado doloso por adjudicarse dos lotes de terreno a pesar de ser alcalde de dicha ciudad. Además, fue inhabilitado de ejercer toda función pública.
El segundo despacho de la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios a cargo del fiscal provincial, Jack Trelles Burneo, obtuvo la medida que fue sustentada debidamente por el fiscal Juan Zeña Neyra y el Poder Judicial decidió dictarle dicha pena al actual burgomaestre de Miguel Checa.
Zapata fue hallado responsable del delito contra la administración pública en la modalidad de peculado doloso.
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Según la investigación, la subgerencia de Catastro, Control Urbano y Rural, a través del informe Nº052-1-2019/MDMCH-SGCCUR de fecha 05-04-2019, informó la inscripción y adjudicación de lotes de terreno en el centro poblado de Miguel Checa, siendo alcalde en el año 2016. Se trató de un terreno situado en la manzana 160, lote 1 en el centro poblado de Jíbito.
Asimismo, las indagaciones revelaron que existe un expediente administrativo que dio lugar al cumplimiento de requisitos para su adjudicación. Además, verificaron que no existe pago alguno de gastos administrativos del terreno. A la vez, no acreditaron que el denunciado haya tenido la posesión de dicho terreno, con testimonios de vecinos de dicha zona.
También fue adjudicado el lote 10 de la manzana 85 en el centro poblado de Jíbito. Asimismo, detectaron que el terreno de la manzana 160, lote 1, fue vendido mediante compra-venta a otra persona.
Según un informe, verificaron que el alcalde no cumplió con el procedimiento correspondiente para la adjudicación de lotes de terreno, debido a que no ha tenido derecho de posesión sobre los mismos.Tampoco efectuaron los pagos por concepto de valor del bien y gastos administrativos.
Según la sustentación de la Fiscalía Anticorrupción, la autoridad edil cometió el delito de peculado doloso el cual fue sustentado debidamente ante el Poder Judicial que aceptó dicho pedido y que se encuentra subsumida en el primer párrafo del artículo 387 del Código Penal.
El adelanto de fallo de la sentencia contra Pedro Zapata es de 4 años de pena efectiva que se ejecutará recién hasta que sea consentida en segunda instancia, donde apeló el abogado de la autoridad edil.