El órgano de control puso al descubierto a los postulantes que no cumplían con los requisitos.
El órgano de control puso al descubierto a los postulantes que no cumplían con los requisitos.

La Contraloría de la República advirtió presuntas irregularidades en el proceso de nombramiento del personal contratado en la Dirección Regional de Salud, pues se habría declarado como apto a personal que no acreditaba el cumplimiento de los requisitos exigidos.

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Según el informe N° 011-2025-OCI/4529-SVC, el Órgano de Control Institucional (OCI) de la Dirección Regional de Salud de Piura detectó presuntas irregularidades en el proceso de nombramiento del personal contratado bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276, en el marco de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025.

La comisión de control advirtió que 8 postulares de los 12 escogidos de manera aleatoria fueron declarados como “aptos” a pesar de que no cumplían con los requisitos establecidos para el referido proceso.

De acuerdo con la revisión a la documentación, se declaró aptos a postulantes que no se encontraban contratados por un período no menor de tres años consecutivos o cuatro años alternados al 1 de enero de 2025, en plaza orgánica presupuestada en el CAP o CAP-P y PAP.

Tampoco se encontraban prestando servicios como personal administrativo contratado bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276 al 1 de enero de 2025.

Y además no cumplían con los requisitos del cargo o puesto en el que se va a nombrar, establecido en el documento de gestión de la entidad.

De acuerdo con el informe de Contraloría, uno de ellos es Samuel Soto Chinchay, quien no se encuentra contratado al 01/01/2025 bajo la modalidad del DL. N° 276, sino como CAS, del 01/08/2023 al 28/02/2025.

Otra persona es Violeta Mejía Coello, quien de acuerdo a la última experiencia acreditada, prestó servicios hasta el 30/04/2023, no habiendo acreditado estar laborando al 01/01/2025 y, por lo tanto, tampoco podía ser nombrada.

Otra de las personas observadas por la comisión de auditores es José L. Encalada Adrianzén. “De la revisión a su legajo alcanzado, ha prestado servicios como Contador I mediante una medida cautelar del 13/06/2023, por el cual fue derivado a la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico, en la modalidad de suplencia. No encontrándose documento alguno que acredite que haya estado prestando servicios bajo la modalidad del DL N° 276, al 01/01/2025”, dice OCI.

Lo mismo sucede con Raúl A. Zapata Lara, quien ha prestado servicios como asistente administrativo, de manera alternada, con un período total de 3 años, 3 meses y 21 días y no acredita haber prestado servicios al 01/01/2025.

“[...] Se pudo evidenciar que se habría evaluado en razón al tiempo de prestación de servicios de los postulantes, pero no se ha tenido en cuenta el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276 [...]. El hecho expuesto podría afectar la selección de las personas idóneas, la transparencia y legalidad del proceso de nombramiento”, concluye la comisión de control.

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