La Contraloría de la República advirtió presuntas irregularidades en el proceso de nombramiento del personal contratado en la Dirección Regional de Salud, pues se habría declarado como apto a personal que no acreditaba el cumplimiento de los requisitos exigidos.
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Según el informe N° 011-2025-OCI/4529-SVC, el Órgano de Control Institucional (OCI) de la Dirección Regional de Salud de Piura detectó presuntas irregularidades en el proceso de nombramiento del personal contratado bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276, en el marco de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025.
La comisión de control advirtió que 8 postulares de los 12 escogidos de manera aleatoria fueron declarados como “aptos” a pesar de que no cumplían con los requisitos establecidos para el referido proceso.
De acuerdo con la revisión a la documentación, se declaró aptos a postulantes que no se encontraban contratados por un período no menor de tres años consecutivos o cuatro años alternados al 1 de enero de 2025, en plaza orgánica presupuestada en el CAP o CAP-P y PAP.
Tampoco se encontraban prestando servicios como personal administrativo contratado bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276 al 1 de enero de 2025.
Y además no cumplían con los requisitos del cargo o puesto en el que se va a nombrar, establecido en el documento de gestión de la entidad.
De acuerdo con el informe de Contraloría, uno de ellos es Samuel Soto Chinchay, quien no se encuentra contratado al 01/01/2025 bajo la modalidad del DL. N° 276, sino como CAS, del 01/08/2023 al 28/02/2025.
Otra persona es Violeta Mejía Coello, quien de acuerdo a la última experiencia acreditada, prestó servicios hasta el 30/04/2023, no habiendo acreditado estar laborando al 01/01/2025 y, por lo tanto, tampoco podía ser nombrada.
Otra de las personas observadas por la comisión de auditores es José L. Encalada Adrianzén. “De la revisión a su legajo alcanzado, ha prestado servicios como Contador I mediante una medida cautelar del 13/06/2023, por el cual fue derivado a la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico, en la modalidad de suplencia. No encontrándose documento alguno que acredite que haya estado prestando servicios bajo la modalidad del DL N° 276, al 01/01/2025”, dice OCI.
Lo mismo sucede con Raúl A. Zapata Lara, quien ha prestado servicios como asistente administrativo, de manera alternada, con un período total de 3 años, 3 meses y 21 días y no acredita haber prestado servicios al 01/01/2025.
“[...] Se pudo evidenciar que se habría evaluado en razón al tiempo de prestación de servicios de los postulantes, pero no se ha tenido en cuenta el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276 [...]. El hecho expuesto podría afectar la selección de las personas idóneas, la transparencia y legalidad del proceso de nombramiento”, concluye la comisión de control.