La ordenanza municipal obliga a que los transportistas exijan que los usuarios cuenten con este implemento.
La ordenanza municipal obliga a que los transportistas exijan que los usuarios cuenten con este implemento.

La Municipalidad Provincial de Azángaro multará hasta con 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) a los transportistas que permitan circulación de usuarios sin el uso de protector facial, lo cual es obligatorio, según la Resolución Ministerial N° 385-2020-MTC/01.

Los inspectores de tránsito deben hacer cumplir la Ordenanza N°001-2021-CM-MPA/SG, emitida ya en enero pasado, para regular la Infracción y Sanción al Usuario de Transporte Público Regular por Incumplimiento del Uso del Protector Facial y Barbijo.

También se dispone que la Subgerencia de Transportes y Circulación Vial implemente la aplicación de la norma e inicie con el proceso administrativo que corresponde. La provincia de Azángaro se encuentra en nivel alto de riesgo por la pandemia del coronavirus.